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​El protocolo de la apertura del curso académico

En líneas generales, la estructura de este acto en la actualidad es el siguiente
María del Carmen Portugal Bueno
lunes, 7 de septiembre de 2020, 10:21 h (CET)

El acto de apertura del curso académico es una ceremonia solemne de la Universidad. En consecuencia, su ceremonial está recogido en los manuales de protocolo aprobados por cada universidad combinando la normativa y la tradición propia de cada institución.

En relación a la normativa que afecta a todas las universidades se puede nombrar el Real Decreto de 10 de enero de 1931 que determina el protocolo para las solemnidades de las universidades siguiendo lo establecido en los reglamentos de 1859.

El Real Decreto del año 1931 recuerda en su artículo 2 que es competencia de cada universidad determinar «la naturaleza, formalidades y protocolo en los actos de la apertura del curso». Y en su artículo 4 establece que el rector ostentará la presidencia en todos los actos, ya que es quien gobierna la universidad, como marca la Ley de 29 de julio de 1943, sobre la ordenación de la Universidad española.

En referencia al acto de apertura del curso universitario, la normativa del año 31 señala que será presidido por el rector y que a su derecha e izquierda se sentarán los vicerrectores y decanos, «formando conjuntamente la ostensible representación total de la Universidad», explica el artículo 4. Además, todos vestirán el traje y las insignias académicas respectivas.

La norma también apunta la posibilidad de que en la apertura del curso se cuente con la presencia de autoridades oficiales por tradición. En este caso, se procederá «donde sea costumbre la intercalación de dichas Autoridades universitarias con las superiores del Ministerio de Instrucción pública que asistan a la apertura y con las primeras Autoridades de la provincia y región y de la ciudad, en el orden legalmente establecido y conocido».

El ceremonial de la apertura del curso

En el reglamento de 1859 se recoge el ceremonial de la apertura del curso, concretamente en sus artículos 84 y 85.

En estas reglas se indica que «leerá la oración inaugural un Catedrático nombrado por el Rector, turnando en tal servicio las facultades. Concluida la lectura, se distribuirán ejemplares impresos de este documento entre los individuos del Claustro y demás personas invitadas al acto. Al propio tiempo se repartirá la Memoria sobre el estado de la Instrucción pública en el distrito universitario, que debe publicarse anualmente en la forma que determinará el Reglamento general administrativo». Seguidamente y «concluida la lectura del discurso, se distribuirán los premios, y terminará el acto diciendo el Presidente: “En nombre de S.M. la Reina (Q.D.G), declaro abierto en la Universidad de … el curso académico de tal a tal año».

En líneas generales, la estructura de este acto en la actualidad es el siguiente: el rector abre la sesión; el secretario general lee la memoria del curso académico anterior; lectura de la primera lección magistral del curso a inaugurar; entrega de premios y distinciones; intervención del rector.

Tanto en el inicio como en el final de la ceremonia desfila la comitiva académica. Además, esta será acompañada al principio por Veni Creator Spiritus. El acto será cerrado por Gaudeamus Igitur, el himno universitario por excelencia.

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