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La futura ley gallega contra agresiones a personal de sanidad, incluida la privada, recoge multas de 300 a 15.000 euros

Agencias
viernes, 2 de mayo de 2025, 20:02 h (CET)

La futura ley gallega contra agresiones a personal de sanidad, incluida la privada, recoge multas de 300 a 15.000 euros

La Xunta podrá exigir a los responsables que paguen los daños materiales y la asistencia sanitaria que reciba la víctima

La modificación de la Lei de Saúde de Galicia que promueve la Xunta con medidas contra las agresiones al personal de la sanidad recoge la potestad de la Administración de imponer multas que irán desde los 300 euros, para las infracciones más leves, hasta los 15.000 euros, para las más graves.

Además, la norma ampara tanto a trabajadores del Servizo Galego de Saúde (Sergas) --sanitarios y no sanitarios-- como los de hospitales y clínicas privadas.

Así lo ha confirmado el conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, tras participar en reuniones con representantes del sector y de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado este viernes, misma jornada en la que el texto del anteproyecto de ley ha salido publicado en el Portal de Transparencia.

La norma fue anunciada por la Xunta en febrero, pocas semanas después de una grave agresión que sufrió un enfermero en el Complexo Hospitalario Universitario da Coruña (Chuac) en febrero. Este episodio desató numerosas protestas del personal en la Comunidad.

La nueva ley supondrá otra modificación de la Lei de Saúde de 2008 para incluir, entre otros asuntos, un régimen sancionador. Así, el texto, consultado por Europa Press, recoge un listado de infracciones clasificadas en tres niveles de gravedad (leves, graves y muy graves) con multas que van desde los 300 hasta los 15.000 euros, incluso aunque los hechos no sean considerados delito.

Serán infracciones leves las faltas de respeto e insultos a los trabajadores durante el ejercicio de sus funciones; las conductas "que alteren o perturben" el normal funcionamiento de los centros sanitarios; así como la "destrucción, menoscabo o deterioro" de las instalaciones y equipos "siempre que no afecten al normal desarrollo" de la actividad de las instalaciones.

Asimismo, serán consideradas graves la resistencia, amenazas, coacciones y represalias al personal del Sergas; la destrucción de las instalaciones "siempre que afecten al normal funcionamiento" del centro; y "cualquier otra forma de presión" ejercida contra los trabajadores. También serán graves las conductas tipificadas como infracción leve si se repite en un período de doce meses.

Finalmente, serán infracciones muy graves las agresiones físicas al personal y la reincidencia de las graves en un período de cinco años.

PAGO DE LA ASISTENCIA SANITARIA
Del mismo modo, la ley añade un apartado para obligar a los agresores a "reparar los daños y perjuicios ocasionados, así como a reponer las cosas a su estado anterior". También se les podrá exigir que paguen la asistencia sanitaria que recibe la víctima.

También contempla la posibilidad de cambiar el médico o el centro de salud que tiene asignado el paciente que cometa la infracción, o incluso de adoptar medidas de movilidad al personal afectado.

El órgano competente para imponer las sanciones por estos casos de violencia será la dirección territorial de la Consellería de Sanidade, si la infracción es leve; la Secretaría Xeral Técnica de Sanidade, si es grave; o el conselleiro, si es muy grave.

DEFINICIÓN DE 'VIOLENCIA EN EL ÁMBITO SANITARIO'
Además, una vez entre en vigor la modificación --falta que reciba el visto bueno del Consello de la Xunta y del Parlamento--, la Lei de Saúde contemplará una definición de 'violencia en el ámbito sanitario': "Violencia física o verbal, ejercida por pacientes, familiares o acompañantes contra los/las profesionales del ámbito sanitario durante el ejercicio de sus funciones o con ocasión de esta".

También quedará especificado que "profesional del ámbito sanitario" no será solo el que realiza tareas asistenciales, sino también "de administración, admisión, traslado de pacientes" y "cualquier otra que sin ser estrictamente asistencial guarde relación con dicha actividad". Esto incluye al propio domicilio del usuario, si recibe asistencia ahí, y a los medios de transporte sanitarios, como ambulancias y helicópteros del 061.

Asimismo, el texto de la Lei de Saúde recogerá explícitamente aspectos que ya estaban presentes en los protocolos difundidos en los últimos años, como la asistencia psicológica y jurídica automática que debe dar la Xunta al personal sanitario.

En este sentido, habrá una nueva exigencia para que hospitales y clínicas privadas deban contratar seguros que garanticen también la defensa jurídica de las víctimas de actos de violencia.

El articulado de la modificación también menciona el nuevo plan autonómico de prevención, un registro único para los actos de violencia y campañas de formación del personal y de sensibilización de la ciudadanía.

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