MADRID, 26 (SERVIMEDIA) El Ayuntamiento de Madrid ha dado luz verde al nuevo convenio 2019-2022 que fue aprobado en la mesa general de negociación de empleados públicos del Ayuntamiento y Organismos Autónomos el pasado viernes, 23 de noviembre, con el voto favorable de CCOO, UGT y CSIF. La primera teniente de alcalde, Marta Higueras, y el delegado de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Castaño, el gerente de la ciudad de Madrid, Eloy Cuéllar, en presencia de la alcaldesa, Manuela Carmena, han suscrito este nuevo acuerdo con los representantes de los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, Juan Carlos Nicolás García, Ignacio Herrero y Arturo Cifuentes, respectivamente. “Estamos muy satisfechos porque hemos firmado el convenio general para todo el Ayuntamiento. Lo teníamos pendiente desde 2015 y es un buen acuerdo que estará vigente hasta 2022. Estamos de celebración porque es muy importante que las instituciones consigan que sus plantillas estén contentas”, afirmó Carmena. El acuerdo sobre ‘Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos’ ha sido fruto de la negociación colectiva y sustituye al texto de 2012-2015. En su regulación incorpora la perspectiva de género y los avances en materias como las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral o la protección de la salud del personal municipal y de colectivos más vulnerables, “que redundarán también en una mayor calidad del servicio público”. CONCILIACIÓN Y PROTECCIÓN DE LA SALUD El convenio habilita una bolsa, de carácter recuperable, de hasta un 5% de jornada anual para conciliación, eleva a 13 años la edad de los menores para solicitar la flexibilidad horaria y amplía el derecho de flexibilización al turno de tarde, así como la posibilidad también para el personal que presta servicios en atención directa a usuarios a petición de los trabajadores y trabajadoras. Asimismo se estudiará por la comisión de seguimiento del acuerdo-convenio la posibilidad de instaurarlo en el turno de noche y de solape. También contempla la recuperación de la parte flexible del horario hasta las 18 horas e incrementa la pausa para el descanso durante la jornada laboral en quince minutos más para el personal con movilidad reducida igual o superior al 33%. Además, se aumenta hasta dos meses la reducción de jornada sin merma de retribuciones para atender al cuidado del cónyuge o de familiares de primer grado por consanguinidad o afinidad, por razón de accidente o enfermedad muy graves, y se adapta progresivamente la jornada de trabajo para el personal que se incorpore al servicio efectivo tras un tratamiento de radioterapia o quimioterapia. Con carácter excepcional, y en los mismos términos se podrá solicitarse en procesos de recuperación de otros tratamientos de especial gravedad. Con el nuevo documento se recupera el importe íntegro de las retribuciones en situación de incapacidad temporal, se establece coeficiente de 1,283 para el personal municipal que presta sus servicios en el turno de noche y se aumenta el número de total de delegados de prevención a 83. ACCIÓN SOCIAL En materia de acción social se incluyen varias novedades: ayuda a la natalidad de 600 euros a partir de 2020, se incluyen en las ayudas los tratamientos fisioterapéuticos, se aumenta en 100 euros la cuantía de las ayudas asistenciales al personal municipal con discapacidad igual o superior al 33%, se reduce el período de carencia necesario para la obtención de ayudas sociales de 4 a 3 meses, y se incrementa la ayuda de formación de los hijos hasta los 28 años. Además, en la ayuda de discapacidad por ascendientes a cargo, se elimina el límite de edad de los 65 años establecido hasta ahora, y se reduce el grado de minusvalía del 65% al 50%, y se aumenta la cuantía máxima a conceder en los préstamos reintegrables en 4.000 euros, y se permite su amortización en 12, 24, 36 o 48 mensualidades, así como su amortización anticipada. RETRIBUCIONES Y VACACIONES El Ayuntamiento de Madrid establece el complemento retributivo de domingo o festivo en 54,79 euros. Además si una vez cumplido el primer tramo del premio a los 25 años trabajados, el personal laboral que se jubilara o falleciera sin haber completado alguno de los tramos siguientes, el premio correspondiente al tramo no perfeccionado se abonará en cuantía proporcional al tiempo de este tramo efectivamente cumplido. En el caso en que se jubilara o falleciera en el transcurso del último año natural de cumplimiento de un tramo sin haber completado el mismo, se considerará cumplido el correspondiente tramo a los efectos del devengo y abono del premio. Tras la firma del acuerdo, se elaborará un manual de vacaciones, permisos y licencias, donde se habilita la posibilidad de fraccionar el disfrute del permiso por matrimonio y del permiso por fallecimiento de familiar; se podrán interrumpir las vacaciones por fallecimiento de cónyuge o familiar de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad y excepcionalmente el resto de permisos causales por circunstancias concurrentes y, por último, se aumenta en un día más de compensación por prestar servicio los días 24 y 31 diciembre.
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