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No hace falta haber estudiado Derecho para saber que estamos ante un asesinato en el que concurren, entre otras, las circunstancias de alevosía que contempla el artículo 139 del Código Penal. Si el agente tuviera que ser juzgado en España cabría añadirle a la acusación que su delito se vería agravado por haber actuado por motivos discriminatorios: raza, sexo, ideología, minusvalía, etc.
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