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El primer artículo del Decreto número 226 de 1937 declara que el himno nacional será «el que lo fue hasta el catorce de abril de mil novecientos treinta y uno, conocido por “Marcha Granadera”, que se titulará “Himno Nacional”, y que será ejecutado en los actos oficiales, tributándole la solemnidad, acatamiento y respeto que el culto a la Patria requiere».
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