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Etiquetas | Abdicación | Juan Carlos I

El CGPJ propondrá que el Rey y la Reina sean aforados ante el Supremo

Después de la abdicación
Redacción
miércoles, 11 de junio de 2014, 06:47 h (CET)
El Consejo General del propondrá al Gobierno que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) incluya la regulación del estatuto jurídico del Rey Juan Carlos y la Reina Sofía tras la abdicación del actual monarca mediante su aforamiento ante el Tribunal Supremo.


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Esta es una de las sugerencias que se incluyen en el borrador de informe que el órgano de gobierno de los jueces presentará a la reforma auspiciada por Alberto Ruiz-Gallardón, al que ha tenido acceso Europa Press. Su contenido será estudiado en la Comisión Permanente del del Consejo el próximo jueves y ratificado finalmente por el Pleno de este órgano el próximo día 26.

Sobre los aforamientos relativos a la Monarquía, el borrador valora positivamente el contenido del Anteproyecto, que propone que obtengan fuera la reina, el futuro heredero o heredera y su consorte.

Por contra, aboga porque se reduzca el número de personas que ya gozan de esta especial protección - diputados y senadores, magistrados y otros cargos públicos-, y que se aplique únicamente a las conductas cometidas por el aforado en el ejercicio de su cargo.

Jueces "perturbados"
El texto incluye abiertas críticas a determinados propuestas del anteproyecto como son las dirigidas a mejorar la independencia judicial según la propia exposición de motivos de la reforma.

Se trata, por un lado, de la capacidad que la nueva ley otorga al CGPJ para ordenar a quien perturbe o inquiete al juez el cese de tal conducta y que el no acatamiento de ese requerimiento pueda constituir delito contra la Administración de Justicia.

Otra de las novedades para incrementar la independencia judicial que merece las críticas del CGPJ es la posibilidad de que un juez que se sienta perturbado pueda pedir que el asunto que tramita sea visto por un tribunal superior.

En el primero de los casos, se duda de la competencia del CGPJ para efectuar esta función, "dada su naturaleza estricta de órgano de gobierno del Poder Judicial" y porque la Constitución no prevé dicha competencia. Así, se sugiere reconducir ese tipo de actuaciones al delito desobediencia ya existente en el Código Penal y qué éste se reforme para que se incluya entre el elenco de los destinatarios de la violencia o intimidación al juez".

También pone peros el informe al artículo 19 de la nueva LOPJ, que de aprobarse permitiría a un juez unipersonal -como los de instrucción- que sienta perturbado en su independencia solicitar de la correspondiente Sala de Gobierno del órgano al que pertenezca que forme un tribunal con él y otros dos jueces para resolver el asunto de que se trate.

Considera el CGPJ en este informe preliminar que la propuesta del Gobierno no ofrece ningún ejemplo comparado de este modelo en países de nuestro entorno y que de aplicarse podría afectar al principio de juez ordinario predeterminado por la Ley, por lo que el precepto debe adecuarse a las normas de reparto procesal y ser mejorado en su redacción final.

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