Hubo un tiempo en que muchos se preguntaban ¿a cuenta de qué se le hurtaba al Tribunal Supremo del país el determinar sobre una serie de cuestiones relativas al cumplimiento de la Carta Magna, para entregarle la correspondiente competencia al TC, como único encargado de resolver los recursos de inconstitucionalidad contra leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de ley del Estado y de las Comunidades Autónomas amén de otras cuestiones relativas a la aplicación de la normativa constitucional española? Sin embargo, por Ley Orgánica del 3 de octubre de 1979, se creó la figura de este alto tribunal que asumió para él lo que, en resumen, se podría definir como la defensa de que, en el Estado español, se cumplieran, por todos los españoles, las normas Constitucionales que el pueblo se dio cuando, en referéndum, se aprobó la Constitución de 1978, de acuerdo con el espíritu y la recta hermenéutica que, sus redactores, le quisieron imprimir a dicho cuerpo legal.
Es evidente que los magistrados, 12, que forman parte de dicho tribunal tienen por única y esencial misión el velar por el cumplimiento de la vigente Constitución, pronunciándose y aclarando sobre cualquier cuestión o duda que tenga que ver con lo que dispone dicha Ley Orgánica, creando doctrina jurisprudencial en cuanto a los temas sobre los que se pronuncia.
Ello evidencia que, la función de los magistrados ( no necesariamente procedentes de la carrera judicial) tiene la singularidad de buscar ayudar, tanto a los tribunales como al resto de españoles, a aplicar las normas constitucionales según están establecidas en los artículos que la integran, aclarando el sentido de aquellas que pudieran provocar dudas interpretativas en aquellos juzgados, administraciones, corporaciones etc. que pudieran tener dudas al respeto y obligar a rectificar, ajustándose a la ley cuando alguien se hubiera equivocado o aplicado incorrectamente la norma, en su aplicación.
Ello nos lleva a que, en manera alguna, los magistrados del TC pueden escurrir el bulto cuando deban decidir sobre las cuestiones de su competencia ni dejar que los temas se eternicen en las estanterías de tan alto tribunal cuando, a juicio de quienes tiene que resolver sobre ellos, el dictamen que pudieran emitir pudiera crear rechazo en algunos grupos políticos influyentes. Tal es el caso de los viejos recursos contra la ley socialista sobre el aborto libre, que llevan años durmiendo el sueño de los justos (mejor diríamos de los injustos) cuando, de la resolución que se pudiera emitir sobre el caso, sabemos que depende la vida de cientos de miles de fetos que, en la actualidad, son sacrificados impunemente de acuerdo con la libertad que la actual legislación les da a las madres para deshacerse de ellos, sin apenas restricción alguna.
Y en este contexto, nos sale el señor presidente del TC, don Franciso Pérez de los Cobos, cuando, en dicho organismo quedan pendientes de sustanciarse importantes decisiones sobre cuestiones de tanta entidad y tan esenciales, para la defensa de la unidad de España, como son todas aquellas actuaciones urgentes de las que depende que se ponga fin a las pretensiones de los separatistas catalanes, a sus intentos de crear un estado paralelo al actual y a sus expresas declaraciones, negándose a someterse a los dictámenes de los tribunales españoles y, en concreto, al TC; encaminadas, todas ellas, a negar la unidad de la nación y a prescindir del Estado español, en un claro ataque directo a lo establecido en nuestra Carta Magna de 1978; de modo que, en una conferencia dada en su tierra, Murcia, en la que, a nuestro juicio, se extralimitó, habló imprudentemente y expresó opiniones personales que pudieran tener su reflejo en su responsabilidad como magistrado del TC en las resoluciones que, actualmente, están pendientes de resolución precisamente sobre cuestiones referidas al independentismo catalán. Habló sobre ser partidario de una reforma de la Constitución para “garantizar su perdurabilidad y eficacia”, quiso dar a entender que el problema se centra en que, la evolución del estado autonómico se ha visto sometida “al juego partidario”.
Admitió que, para el TC el “derecho a decidir” es una “aspiración defendible” y que no cabe “exigir adhesión a la Constitución”. Es obvio que, para un ciudadano de a pie, las palabras del magistrado pueden resultar contradictorias y hasta difíciles de comprender procedentes de una persona cuya función es precisamente hacer que la Constitución se cumpla en todos sus términos sin que se espere de él que opine sobre si se debe modificar o no y, mucho menos, cuando debe conocer que sus palabras, en cuanto a la pretensión independentista de separarse de España, pueden ser mal interpretadas como un apoyo a la causa del “derecho a decidir”, que es evidente que no se trata más que de un intento de un plebiscito que avale su intención de atentar contra la unidad del país, algo que, expresamente, está defendido en nuestra Constitución y que no puede ser puesto en duda, ni mucho menos, apoyado por una persona de su categoría. Precisamente si, en estos momentos, nos encontramos ante una situación que podríamos definir como límite se debe, en gran parte, a la forma negligente como los distintos gobiernos democráticos han intentado soslayar las incesantes demandas de más independencia y gobierno autonómico que, a través de los distintos estatutos comunitarios han conseguido (unas autonomías más, como la catalana y otras menos) han ido arrancando al Estado las autonomías independentistas y, no debemos olvidarlo, a la politización evidente que se ha detectado dentro de los magistrados del propio TC, cuando hubo un momento en el que, contrariamente a lo decidido por el TS, tuvieron el gran error de legalizar a los etarra de BILDU, una decisión política que, tan graves consecuencias, ha traído a la comunidad vasca y, por ende, al resto de España.
No somos capaces de entender que ahora, el TC, se parapete en lo que ellos entienden como “juego partidario”, para quejarse de que tienen que tomar decisiones para resolver los recursos de inconstitucionalidad que pudiera presentar cada partido, cuando considera que, o bien el Gobierno o cualquier comunidad autónoma toma decisiones, adopta posturas o ejecuta actos que, en sí mismos, pudieran ser contrarios a nuestra Constitución. ¿De qué se queja, el señor Pérez Cobos?, ¿acaso de tener demasiado trabajo o de no disponer de medios para solventar tanta tarea?, pues que pida más ayudas al Estado o que evite que se les vayan acumulando asuntos por resolver, como el indicado del tema del aborto. ¿O es que hay alguien tan incauto que pueda pensar que, en todos los años que hace que se presentaron los recursos sobre la ley de aborto, no les ha dado tiempo a poder decidir sobre ellos? No lo han hecho porque saben que es un tema peliagudo, que se han pasado de unos a otros sin que, en ningún caso, se hayan decidido a ponerle el cascabel al gato.
Los españoles nos quejamos de que, siendo tan evidente el desafío que hace años vienen haciendo al Estado los nacionalistas y los separatistas, todavía no se hayan aplicado los artículos 155 en relación con el 153, como primera providencia, algo que probablemente hubiera frenado la gran expansión que ha experimentado el sentimiento nacionalista, que los políticos catalanes han tenido la habilidad de inculcar en todos los catalanes, a lo que ha venido contribuyendo, en gran manera, la trasferencia de las competencias en educación, uno de los errores más garrafales de los gobiernos de la democracia. Lo cierto es que, el Estado de Derecho, viene siendo puesto en cuestión, en la actualidad, por una serie de grupos antisistema, progres, anarquistas, comunistas bolivarianos y separatistas que, ante la impasibilidad, la falta de autoridad, la mojigatería y la abulia de los sucesivos gobiernos, han ido proliferando y reforzándose, hasta este momento de la historia en el que parece que, España, está pasando por un momento en el que, todas las instituciones, parecen haber entrado en un proceso de descomposición que, de seguir así y nadie tenga el valor de remediarlo, es posible que muy pronto empecemos a sentir los nefastos efectos de la ingobernabilidad del país, algo que seguramente tendría muchas similitudes con aquellos tristes meses del año 1936, que precedieron a la Guerra Civil española de 1936.
O así es como, señores, desde la óptica de un ciudadano de a pie, no podemos menos de lamentarnos de esta situación en la que, existe la sensación en el pueblo español, de que las más altas instituciones del Estado, parecen haber entrado en crisis, renunciado a sus responsabilidades y cedido a la tentación de la politización, de modo que, la Audiencia Nacional y los tribunales superiores de la nación, han sido ocupados por una serie de funcionarios y jueces que han convertido el ejercicio de su cargo en un medio de aplicar sus ideas políticas algo que, en muchas ocasiones, nada tienen que ver con la correcta aplicación de la Justicia que, por ética y responsabilidad profesional, tienen la obligación de aplicar.
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