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“En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo”.La definición jurídica de genocidio adoptada en este caso ha sido objeto de numerosas y justificadas críticas vinculadas generalmente a la excesiva rigidez de la caracterización, que exige un singular elemento subjetivo del injusto, consistente en una intencionalidad destructiva explícita en el autor y que, al propio tiempo, excluye como víctimas probables de genocidio, entre otros, a los grupos políticos.De todas maneras, esta distinción no necesariamente debería aplicarse para delimitar lo que ocurre en Gaza. Pasa que, durante la modernidad, el genocidio tiene -según el autor al que recurrimos- características precisas que lo diferencias de las grandes masacres cometidas en tiempos pretéritos.
Las organizaciones que componen el Pacto Social frente a los discursos de odio contra los grupos en situaciones de vulnerabilidad, Federación Estatal LGTBI+, CERMI, Fundación ONCE, CESIDA, El Consejo de la Juventud de España, Red Acoge, CEAR, Hogar Sí, Fundación Secretariado Gitano, CCOO, UGT, Chrysallis, Fundación Triángulo y Oxfam Intermón, han pedido hoy a los partidos políticos que legislen lo antes posible para reducir, limitar y acabar con los discursos de odio.
Una casita en la aldea para mis años de vieja cerca de donde estoy...
Una de ellas la encabeza un activo militante de IU de Madrid, Hugo Martínez Abarca, que demanda expresamente que el referéndum que reivindica se convoque bajo el amparo del artículo 92.2 de la Constitución.
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