El domingo pasado ha habido dos nuevos muertos humanos por la caza (animales se contabilizan por cientos de miles), y en la fotografía aparece la noticia publicada de uno de los casos, el de Girona. La mayor parte de los medios de comunicación y también las instancias oficiales, la policía o el juzgado entre otras, hablan de "muertes accidentales" en estas situaciones, y me gustaría hacer un repaso a algunos términos en el diccionario de la RAE.
ACCIDENTE: Suceso eventual o acción de que resulta daño involuntario para las personas o las cosas.
Vale, asumo que el cazador no sale al monte con la intención de meterle un proyectil en el cráneo a otro escopetero o a un paseante y en ese sentido su acto es involuntario, pero sí lo hace con la de matar a un animal, por lo tanto su voluntad es disparar a un ser vivo y no puede haber un eximente sino como mucho un atenuante en el hecho de equivocarse, del mismo modo que la ley no exculpa a un conductor que ha tomado medicamentos que le producen somnolencia, se duerme al volante, provoca una colisión y muere alguien en ella. Es que ni queda exenta de responsabilidad penal la madre que a media noche da de mamar a su hijo, se queda dormida y ahoga al bebé sin darse cuenta. Ninguno de los anteriores estaba realizando un acto con el fin de matar a quien fuese sino de trasladarse en un caso y de alimentar a su hijo en el otro, sin embargo el conductor y la madre son imputables y el cazador, que tiene el propósito de usar sus armas para quitarle la vida a animales y se la arrebata a otra persona, no lo es ante la ley.
NEGLIGENCIA: Omisión de la atención debida por inacción o descuido o por acción incorrecta, inadecuada o insuficiente.
El cazador nota que hay un movimiento y sin asegurarse si está producido por un jabalí, por uno de sus perros o por un señor, aprieta el gatillo hacia el lugar en el que se produce. ¿De verdad su acción no encaja como negligente en vez de accidental?
APTITUD: Suficiencia o idoneidad para ejercer un empleo o cargo.
Se supone que en los test psicotécnicos para obtener la licencia de caza y el permiso de armas correspondiente esta gente supera unas pruebas que los califican como aptos para ir armados y utilizar su rifle o escopeta donde hay más personas. Pues ya vemos que esos exámenes son más trámite con abono de tasas que otra cosa, y valga como demostración -aparte de las docenas de muertos humanos por la caza cada año-, que si suspenden una vez, o dos, o las que sean, se pueden seguir presentando con tal de que vuelvan a pagar.
No pudiendo llamarse asesinatos tampoco se pueden calificar de muertes accidentales, no cuando concurren la negligencia y la falta de aptitudes en personas que sienten placer matando animales, que lo hacen por diversión, y que por lo mismo tienen prisa en disparar, así que en muchos casos primero aprietan el gatillo y después comprueban el origen de aquel movimiento hacia el que lanzaron su proyectil.
De cualquier modo no podemos olvidar que vivimos en un país en el que someter a un toro a la misma tortura que se lleva a cabo con él en la plaza durante una corrida autorizada sería delito en otro emplazamiento si se carece de autorización. Hacerle lo mismo exactamente. Por lo tanto no puede extrañar que en España tampoco sea imputable quien pegándole tiros a animales por pasatiempo aloje uno en el cráneo de una persona sin querer. Conduciendo o amamantando sí se le procesaría por ese acto involuntario con resultado de muerte, pero cazando no.
Y encima se pasean por los colegios impartiéndola como asignatura transversal y pretenden blindarla, cuando en otros países ya se ha prohibido. ¿Hasta cuando el maltrato y muerte de animales como deporte? ¿Hasta qué número el recuento de cadáveres humanos a manos de estos "deportistas"?
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