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Wert analiza el decreto de especialidades docentes y la implantación de la LOMCE

Con las CC.AA
Redacción
miércoles, 14 de enero de 2015, 07:12 h (CET)
El ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, analizará este miércoles con las comunidades autónomas el borrador del decreto de especialidades de la profesión docente, un texto básico que finalmente no incluye la posibilidad de asignar la enseñanza de materias en Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional a docentes especializados en otras ramas de conocimiento.

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Así lo han explicado a Europa Press fuentes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que han informado de que la Conferencia Sectorial de Educación se reunirá en Madrid a partir de las 16.00 horas.

En el encuentro también se informará a los consejeros autonómicos de los currículos de Secundaria y Bachillerato aprobados el pasado mes de diciembre para proseguir con la implantación de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad de la Educación (LOMCE) en estos niveles en el curso 2015-2016, así como de la evaluación que se llevará a cabo en tercero de la ESO.

Respecto al decreto de especialidades docentes, Educación ha preparado un documento de carácter técnico y básico para adaptarlo a las necesidades que exige la Ley Orgánica de Mejora de Calidad de la Educación (LOMCE), y que es necesario aprobar para que se pueda comenzar a aplicar la ley en los mencionados niveles de enseñanza a partir de septiembre de 2015.

En su momento, el ministerio aseguró que esta decisión se tomó, de acuerdo con todos los sindicatos de la enseñanza, reunidos con Educación este martes 16 de diciembre, después de que el anterior borrador presentado no alcanzara el consenso necesario. De este modo, se prevé que el documento respete las condiciones recogidas en el Anexo V del decreto de especialidades actualmente en vigor, que no incluye que los profesores puedan impartir materias de otras ramas de conocimiento distintas a aquellas en las que están especializados. No obstante, Educación no descarta seguir negociando para llegar a acuerdos de "mejora y flexibilidad".

CC.AA. PIDEN MÁS TIEMPO
Por otro lado, el Ejecutivo aprobó el Real Decreto en el último Consejo de Ministros de 2014 el Real Decreto que establece los currículos de ESO y Bachillerato. Poco después, el pasado 29 de diciembre, los consejeros de Educación de Andalucía, Canarias y Asturias, así como la directora general de ESO y Bachillerato de Cataluña, pidieron al Gobierno que paralizara y pospusiera el calendario de implantación de LOMCE en lo que respecta a ESO y Bachillerato, hasta el curso 2016-2017.

Estas comunidades señalan falta de tiempo para su puesta en marcha y desarrollo en el próximo curso, precipitación del Gobierno por aprobarlos, y "poca claridad" en el presupuesto, entre otros puntos. Igualmente, lamentan que los textos "no han pasado la revisión de los órganos consultivos ni han sido consultados por las comunidades autónomas".

El Ministerio de Educación ya respondió a estas autonomías que tienen margen suficiente para desarrollar el currículo de ESO y Bachillerato de cara al próximo curso y puso a su disposición los desarrollos elaborados en este departamento para Ceuta y Melilla en caso de que les falte tiempo para aprobar sus propios modelos, de modo que "no tienen excusa" para no aplicar la ley.

TERRORISMO, VIOLENCIA DE GÉNERO Y BRAILLE
Entre la novedades en los currículos de ESO y Bachillerato, destaca la incorporación del fomento por parte de las administraciones educativas del rechazo a la violencia terrorista, así como el respeto y consideración a las víctimas del terrorismo y la prevención del terrorismo.

Por otra parte, la norma establece la colaboración entre el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y las administraciones autonómicas para llevar a cabo acciones específicas de sensibilización e información del alumnado, de cara a promover la igualdad y la no discriminación tanto entre hombres y mujeres como entre personas con y sin discapacidad, así como para prevenir la violencia de género o la xenofobia.

Asimismo, el texto abre la puerta a que las administraciones educativas autonómicas o los propios centros desarrollen asignaturas para enseñar a los alumnos técnicas de comunicación como el braille, el lenguaje de signos, autonomía personal o tiflotecnología.

Además, se establece la obligatoriedad de que las administraciones educativas lleven a cabo medidas para fomentar la inclusión y la calidad educativa de las personas con discapacidad. De hecho, el desarrollo de los currículos permite alargar el itinerario educativo de los alumnos con necesidades educativas especiales un curso más, sin que este contabilice como un curso repetido.

Aún así, el requisito de aprobar las evaluaciones finales para la obtención del título de graduado en ESO y Bachillerato sigue siendo el mismo para todos los alumnos en función del itinerario que elijan, con independencia de que se pongan los medios necesarios para que alcancen dicho nivel de exigencia.

PROGRAMAS DE MEJORA DE RENDIMIENTO
En cualquier caso, la norma también establece que los centros educativos deberán ofrecer "programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento" a los alumnos que tengan dificultades para promocionar a partir de segundo curso de ESO y a los que derivará previa audiencia de los padres y en determinados supuestos, evaluación psicopedagógica mediante.

Por otra parte, el Real Decreto regula, en su artículo 22, las condiciones para promocionar de curso en esta etapa y establece que las decisiones al respecto serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno siendo la repetición de curso "una medida de carácter excepcional" que se adoptará "tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje" del estudiante.

No obstante, establece que los alumnos "repetirán cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea". Si suspende más de dos asignaturas pero no son simultáneamente las mencionadas, podrá promocionar si así lo considera el equipo docente y se imponen medidas de apoyo.

En cuanto a los que no promocionen, sólo podrán repetir una vez el mismo curso y dos veces como máximo dentro de la etapa, tal y como establecía la LOMCE, aunque "excepcionalmente" y si no ha repetido nunca antes, podrá hacer hasta tres veces el cuarto curso de ESO. Los repetidores deberán tener un plan específico personalizado orientado a la superación de sus dificultades y ninguno podrá cumplir más de 19 años de edad cursando esta etapa educativa.

CONSEJO ORIENTADOR A LOS PADRES
El decreto establece además que al final de cada curso se entregará a los padres un consejo orientador con una propuesta del "itinerario más adecuado a seguir" con un "informe motivado" que lo justifique.

Cuando se trate de alumnos que completan la ESO pero no consiguen la titulación, recibirán una certificación con carácter oficial y validez en toda España que será emitida por el centro docente y que consignará todas las materias cursadas con las calificaciones obtenidas y un informe de la junta de evaluación de su último curso escolar.

El informe deberá indicar "el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes, así como la formación complementaria que debería cursar para obtener el título de Graduado", para lo que las comunidades autónomas "pondrán a disposición de los centros los instrumentos necesarios".

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