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Aprobado el Real Decreto que promueve la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito laboral

Las empresas deben adoptar estas medidas para cumplir con la normativa y, además, de este modo contribuyen a un ambiente de trabajo donde todas las personas se sientan valoradas y respetadas
Redacción
jueves, 10 de octubre de 2024, 20:39 h (CET)

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El Real Decreto 1026/2024, publicado el 9 de octubre de 2024, establece una serie de medidas obligatorias para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el entorno laboral.


Este decreto desarrolla las disposiciones previamente establecidas en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, que busca asegurar la igualdad real y efectiva de las personas trans y la protección de los derechos de la comunidad LGTBI.


Las empresas con más de 50 personas trabajadoras tienen la responsabilidad de implementar estas medidas en un Plan LGTBI a lo largo del año 2024, cuyo objetivo es prevenir y abordar situaciones de acoso o violencia contra este colectivo.


Ámbito de aplicación del protocolo de igualdad y no discriminación de personas LGTBI


Para determinar si una empresa está sujeta a esta normativa, se debe tener en cuenta el número total de empleados, incluidos aquellos con contratos de duración determinada, los trabajadores a tiempo parcial (que se contabilizan como si fuesen a tiempo completo) y los cedidos por empresas de trabajo temporal.


La normativa establece que el Real Decreto se aplica a:


  • Todas las empresas con una plantilla superior a 50 empleados.
  • Para aquellas con menos de 50 trabajadores, la implementación del Plan LGTBI es voluntaria.


Negociación del Plan LGTBI y plazos para su implementación


La implementación de las medidas incluidas en el Plan LGTBI debe realizarse mediante un proceso de negociación a través de la comisión negociadora.


  1. Las empresas que ya cuentan con un convenio colectivo o representación legal tienen un plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto para acordar las medidas.
  2. Por su parte, las empresas que no cuentan con representación legal o convenio colectivo disponen de hasta seis meses para constituir una comisión negociadora.


Medidas del Real Decreto para la igualdad y no discriminación de personas LGTBI


El Real Decreto establece que las empresas deben implementar un Protocolo de actuación ante situaciones de acoso o violencia hacia personas LGTBI. Este protocolo debe garantizar agilidad, confidencialidad y protección de las víctimas, así como prohibir las represalias contra ellas, entre otros procedimientos. Además, debe contemplar un proceso claro para la presentación de denuncias, la adopción de medidas cautelares y la resolución de los casos, que puede incluir la imposición de sanciones o la adopción de medidas correctoras.


Contenidos mínimos de las medidas planificadas


Las medidas mínimas incluidas en el Plan LGTBI deben abarcar los siguientes aspectos:


  • Cláusulas de igualdad de trato y no discriminación.
  • Medidas para garantizar un proceso de selección y contratación justo.
  • Formación y sensibilización, especialmente para quienes participen en la selección de personal.
  • Garantías de igualdad en la clasificación y promoción profesional.
  • Igualdad en el acceso a permisos y beneficios sociales.
  • Creación de entornos laborales inclusivos, diversos y seguros, protegiendo contra comportamientos LGTBIfóbicos.
  • Infracciones y sanciones por comportamientos que vulneren la libertad sexual o la identidad y orientación sexual de las personas trabajadoras.

Las empresas deben adoptar estas medidas para cumplir con la normativa y, además, de este modo contribuyen a un ambiente de trabajo donde todas las personas, independientemente de su identidad de género u orientación sexual, se sientan valoradas y respetadas, fomentando así la diversidad y el respeto en el ámbito laboral.

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