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Pérez Matey & Asociados: La valoración psicosocial y la exploración de los menores en materia de familia

Comunicae
viernes, 7 de febrero de 2025, 14:31 h (CET)
El despacho jurídico Pérez Matey & Asociados destaca la importancia de la valoración psicosocial y la exploración de los menores en procedimientos de familia, para determinar el régimen de guarda y custodia más adecuado

Cuando una pareja decide poner fin a su vida en común, ya sea que estén casados o no, y tienen hijos en común, es necesario iniciar los trámites correspondientes para regularizar la situación.


Esto permite establecer las medidas civiles que regirán, a partir de ese momento, la relación familiar entre los progenitores y sus hijos, así como las disposiciones económicas para el sustento de los menores y las cargas familiares.


Si los progenitores alcanzan un acuerdo, los letrados intervinientes de cada parte redactarán el correspondiente convenio regulador, en el que se establecerán dichas medidas.


Este convenio deberá ser ratificado en sede judicial, tras lo cual se dictará la correspondiente sentencia de divorcio o las medidas paternofiliales que lo contengan.


En caso de que los progenitores no lleguen a un acuerdo sobre la guarda y custodia de los menores o cualquier otra medida relacionada con ellos, será necesario iniciar el correspondiente procedimiento de familia por la vía contenciosa.


Esto implica acudir a los juzgados para que sea el juez quien determine, en función de las pretensiones de las partes, las medidas civiles y económicas que regirán la separación o el divorcio.


El tema de la guarda y custodia es un aspecto altamente debatido dentro del derecho de familia y constituye la pieza clave en un procedimiento contencioso cuando no se ha alcanzado un acuerdo previo.


Desde el despacho jurídico Pérez Matey, expertos Abogados Majadahonda explican, a través del presente artículo, qué pruebas pueden solicitarse al juzgado para que sean evaluadas por expertos en la materia y por el propio juez, con el objetivo de determinar qué es lo más adecuado para los menores en cada caso.


"Esto puede implicar la asignación de una guarda y custodia compartida o una guarda y custodia monoparental a favor de uno de los progenitores, estableciendo para el otro un régimen de visitas".


Las dos pruebas que pueden solicitarse en este contexto son la valoración psicosocial y/o la exploración de los menores.


La letrada María Eugenia Pérez Matey, socia fundadora del despacho jurídico Pérez Matey & Asociados, explica en qué consiste cada una de ellas.


La valoración psicosocial: Es una prueba que puede solicitar cualquiera de las partes dentro del proceso de familia, y tiene como objetivo que el equipo de psicólogos adscrito a los juzgados de familia evalúe a la unidad familiar de forma separada, con el fin de determinar la relación entre sus miembros y cuál es el régimen de guarda y custodia más adecuado para cada caso específico.


En este sentido, una vez solicitada dicha prueba, por cualquiera de las partes, se procederá a citar por separado a cada uno de los progenitores, y a los hijos menores, normalmente en días diferentes.


En cada sesión individual con cada progenitor, el equipo de psicólogos realiza un estudio sobre la vida personal de cada uno, analizando aspectos como su familia, lazos familiares, infancia, estudios, relaciones personales, trabajo, entre otros.


Es decir, elaboran un relato sobre la vida de cada progenitor. Posteriormente, evalúan a los menores, así como la relación de cada progenitor con sus hijos.


"Para ello, suelen dejar un corto período de tiempo con cada progenitor para observar cómo interactúan".


Además, a cada progenitor se le realiza un test para determinar sus aptitudes en relación con el cuidado físico y emocional de los menores, y evaluar si poseen las capacidades necesarias para encargarse de su bienestar.


Finalmente, se redacta el informe pericial en el que, tras exponer toda la evaluación realizada, se dictaminará, bajo su criterio, cuál es el mejor régimen de guarda y custodia para los menores.


Este informe será remitido al juzgado de primera instancia que esté conociendo el asunto, y servirá como prueba pericial no vinculante para el juez.


Si bien dicho informe no resulta vinculante para el juzgador, lo cierto es que en la mayoría de los casos suele ser determinante para la decisión tomada por este, ya que se trata de un informe elaborado por profesionales expertos en la materia, objetivos e imparciales.


Asimismo, cualquiera de las partes puede solicitar que los profesionales expertos encargados de la evaluación y, por lo tanto, de la elaboración del informe, se ratifiquen el día del juicio y puedan ser sometidos a interrogatorio sobre el contenido del informe.


La exploración del menor: Es una entrevista o conversación que el menor tiene con el juez en presencia del Ministerio Fiscal, a la que no pueden asistir ni los progenitores ni los letrados de las partes.


Se lleva a cabo en un ambiente de intimidad, precisamente para evitar que el menor se sienta presionado y pueda expresarse de manera libre, sin sentir la culpabilidad de herir a alguno de sus progenitores.


La finalidad de dicha conversación o entrevista es que el menor sea escuchado y que el juez pueda formular las preguntas que considere necesarias para cada caso específico.


El menor podrá expresar cómo se siente, cómo está viviendo la situación y cuáles son sus preferencias. De esta manera, el juez y el Ministerio Fiscal podrán formarse una idea de cómo se encuentra el menor y qué es lo mejor para él.


"Dicha prueba puede practicarse ya sea días antes del juicio o el mismo día, antes del inicio del mismo, y puede ser solicitada por cualquiera de las partes".


Al igual que la valoración psicosocial, dicha prueba no es vinculante; sin embargo, junto con el resto de las pruebas, proporciona al juez información sobre la situación de la unidad familiar, el estado emocional de los menores y le ayudará a tomar la mejor decisión para el bienestar de los mismos.


En definitiva, tanto la valoración psicosocial como la exploración de los menores son dos pruebas de especial importancia dentro de cualquier procedimiento de divorcio o separación.


Aportarán al juez información de gran relevancia que resultará determinante para el fallo de la sentencia que establezca las medidas civiles en relación con los hijos menores de edad.


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