MADRID, 03 (SERVIMEDIA)
La Audiencia Nacional ha condenado al exembajador de España en Venezuela Raúl Morodo a 10 meses de prisión por un delito contra la Hacienda Pública cometido en 2014, mientras que su hijo Alejo ha sido sentenciado a dos años de cárcel por el mismo delito en los ejercicios 2013 y 2014.
En una sentencia conocida este martes, la Sala de lo Penal de la Audiencia impone estas penas de conformidad con la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación ejercida por Manos Limpias.
Los magistrados han determinado que Alejo Morodo constituyó tres sociedades interpuestas para reducir su tributación del IRPF por labores de consultoría y asesoría en relaciones internacionales, siendo la petrolera estatal venezolana Pdvsa el único cliente en dos de ellas.
La sentencia señala que "no se ha acreditado la realidad de estos servicios" que eran de naturaleza personalísima y se basaban en las relaciones y contactos que Alejo Morodo mantenía en Venezuela.
Las declaraciones tributarias presentadas por Alejo Morodo fueron incorrectas al canalizar a través de las sociedades interpuestas los rendimientos de una actividad profesional que realizaba personalmente.
TRANSFERENCIAS ENTRE PADRE E HIJO
La resolución establece que las cantidades percibidas por las tres sociedades "han sido disfrutadas e incorporados al patrimonio personal de Alejo Morodo mediante transferencias directas o satisfacción de gastos de naturaleza personal".
En cuanto a Raúl Morodo, el tribunal determina que recibió cantidades de dos sociedades gestionadas por su hijo sin prestar ningún servicio, usando tarjetas de crédito y transferencias para gastos particulares.
La cuota defraudada por el exembajador en 2014 ascendió a 126.222 euros sobre una base imponible de 314.792 euros en concepto de ganancias patrimoniales no justificadas.
La Sala ha absuelto a Ana Caterina Varandas, esposa de Alejo Morodo, al no quedar acreditada su participación en los ingresos de su marido ni su conocimiento sobre el origen de los mismos.
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