MADRID, 11 (SERVIMEDIA)
El Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad varios artículos del Decreto-ley 11/2021 del Gobierno de Canarias que establecía medidas de control de la pandemia de covid-19, al considerar que afectaban a derechos fundamentales como la libertad personal y la integridad física.
Según informó este viernes el Constitucional, la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Laura Díez Bueso, estima parcialmente el recurso presentado por más de cincuenta diputados del grupo parlamentario Vox en el Congreso contra esta normativa autonómica.
El Alto Tribunal considera que el decreto-ley canario afectaba al derecho a la libertad personal al establecer medidas de aislamiento y cuarentena que "pueden llegar a implicar una privación casi total de la capacidad de autodeterminación de movimientos" y tienen carácter obligatorio.
También determina que la norma afectaba al derecho a la integridad física al prever medidas sobre vacunación y realización de pruebas diagnósticas, estableciendo consecuencias para quienes se negaran a someterse a estas intervenciones sanitarias.
LIMITACIONES A LA MOVILIDAD
El Constitucional anula los artículos que limitaban la permanencia de personas en espacios públicos y privados en determinados niveles de alerta sanitaria, al considerar que afectaban a los derechos de reunión e intimidad.
La sentencia rechaza que las restricciones a actividades como espectáculos públicos, acampadas, mercadillos o acceso a playas afecten al derecho de reunión, ya que estas actividades no cumplen con los requisitos de "concurrencia concertada" y finalidad de "comunicar ideas o reivindicaciones".
El Alto Tribunal determina que el decreto-ley canario no vulnera el derecho de acceso a la jurisdicción, al tratarse de una norma general que requiere una actuación administrativa posterior que puede ser recurrida ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
MEDIDAS ANULADAS
La sentencia declara inconstitucionales varios apartados del artículo 12 sobre aislamiento y cuarentena, así como los artículos 14.2 y 15.7 relativos a vacunación y pruebas diagnósticas.
También anula los artículos 25.2, 26.2, 27.2 y 28.2 que establecían limitaciones a la permanencia de personas en espacios públicos y privados según los niveles de alerta sanitaria.
El fallo recuerda que la interpretación del término "afectar" empleado en el artículo 86 de la Constitución debe ser restrictiva, prohibiendo que los decretos-leyes regulen el régimen general de derechos y libertades o vayan contra su contenido esencial.
La resolución del Constitucional fue aprobada por unanimidad tras analizar el recurso presentado por el grupo parlamentario Vox contra este decreto-ley aprobado por el Gobierno de Canarias el 2 de septiembre de 2021.
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