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87 reclamaciones a distintas televisiones por la emisión de contenidos inapropiados

Estas organizaciones consideran que el Código de Autorregulación no cumple con los requisitos mínimos contemplados en la Unión Europea para este tipo de modelos de regulación voluntaria
Redacción
jueves, 9 de mayo de 2019, 16:01 h (CET)

La Comisión Mixta de Seguimiento del Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia, en la que participan televisiones, organizaciones sociales y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), acaba de publicar su balance de actuaciones en 2018.

De dicho informe se desprende que durante ese período se han recibido, a través del portal Tvinfancia, un total de 87 reclamaciones, de las cuales sólo 48 se han aceptado para su tramitación por tratarse de contenidos específicos e identificables y haberse emitido dentro de las franjas legales de protección del menor.

En el caso de las reclamaciones referidas a la programación televisiva (43, incluyendo los avances o autopromociones), 26 se refieren a contenidos emitidos por los canales de MEDIASET ESPAÑA; 7 por RTVE; 6 por ATRESMEDIA; 2 por autonómicas integradas en la FORTA, y 1 por TEN y 1 a través de NET TV.

De todas ellas, las cadenas de televisión que forman el Comité de Autorregulación encargado de decidir sobre las reclamaciones presentadas sólo han apreciado inconvenientes para la emisión en tres de los casos, instando al operador a su no reiteración futura.

En lo referente a las 5 reclamaciones referidas a comunicaciones comerciales, que se derivan a la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL) para su toma en consideración, esta entidad sólo ha estimado una de ellas, por tratarse de un spot con contenido inadecuado para los menores en la franja de protección infantil.

A la vista de los resultados de este informe, las organizaciones sociales participantes en la Comisión Mixta de Seguimiento, que desarrollan su actividad en los ámbitos educativo (CEAPA y CONCAPA), de la protección de los menores (POI) y de la defensa de los espectadores (ICMEDIA y AUC), han denunciado una vez más la falta de eficacia del actual sistema de autorregulación televisiva y su carácter obsoleto.

Estas organizaciones consideran que el Código de Autorregulación no cumple con los requisitos mínimos contemplados en la Unión Europea para este tipo de modelos de regulación voluntaria; especialmente por la falta de una instancia independiente que valore las reclamaciones sobre la programación (de modo que las televisiones dejen de ser juez y parte), y también por la nula difusión de la existencia del Código por parte de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva, que hace que sea prácticamente desconocido como vía de reclamación por la mayoría de los espectadores.

Además, las organizaciones sociales consideran que en estos momentos un código de autorregulación televisiva no puede limitarse a los contenidos emitidos por las televisiones en abierto, sino que debe incorporar a los nuevos operadores y plataformas que han ido surgiendo en los últimos años y que cuentan con una audiencia en aumento. En este sentido, consideran que la nueva Directiva de Servicios Audiovisuales aprobada en 2018 y que ha de incorporarse a nuestro ordenamiento jurídico, supone oportunidad para adecuar este modelo de regulación voluntaria al nuevo panorama audiovisual, garantizando también más transparencia en las decisiones y mayor eficacia en la gestión de las reclamaciones.

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