El permiso retribuido recuperable es un permiso de trabajo extraordinario que se aplicará a los trabajadores del sector público y privado por las circunstancias en las que nos encontramos por el asentamiento del coronavirus en nuestro país. Desde el lunes 30 de marzo hasta el 9 de abril queda aprobado por el Gobierno el permiso retribuido recuperable para que todos los empleados ocupados en actividades no esenciales lleven a cabo el demandado confinamiento en sus viviendas. De esta forma se pretenden erradicar los contagios y por consiguiente paliar la crisis sanitaria. Los trabajadores que reciban este permiso laboral seguirán recibiendo su sueldo pero cuando finalice dicha situación estarán obligados a realizar las horas de trabajo no ejecutadas por dicho confinamiento.
El BOE añade que los sectores que en ningún caso les fuera a ser posible suspender inmediatamente su actividad, podían presentarse ayer lunes 30 de marzo para ejecutar las tareas indispensables para así poder efectuar el permiso retribuido recuperable sin perjudicar la continuidad de la actividad empresarial. Los trabajadores que tengan este permiso excepcional cobrarán su salario con total normalidad.
Por otra parte, según un estudio realizado por el portal de empleo Jobatus, la única obligación de los empleados será recuperar las horas no realizadas debido al confinamiento antes de finalizar el año. Las empresas junto con los trabajadores tendrán que ponerse de acuerdo de cómo y cuándo se recuperan dichas horas antes del 31 de diciembre de 2020 de forma que se respete en todo momento el Estatuto de los Trabajadores. Se deberán cumplir los márgenes de descanso diario y semanal y de ninguna forma se podrá superar la jornada máxima anual que se haya previsto para ese trabajador en su convenio. Por último se tendrá en consideración la conciliación de la vida laboral con la vida personal y familiar.
Los empleados a los que no se le aplicará el permiso retribuido recuperable son a aquellos trabajadores esenciales, los sanitarios, tampoco los que estén trabajando dado que continúan con su actividad laboral y por último a los que estén adheridos a ERTEs. De igual forma tampoco afectará a los empleados que se encuentren en una situación de baja temporal o por maternidad/paternidad.
Las actividades esenciales a las que no afecta el permiso retribuido recuperable son todas aquellas que se encargan de sostener las necesidades sociales más básicas. Se refieren a la sanidad, alimentación humana y animal, medios de comunicación, transporte público y fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Las Instituciones del Estado, las Administraciones públicas y la sanidad también permanecerán en funcionamiento. El abastecimiento de energía eléctrica y derivados del petróleo también están garantizados.
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