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​¿Hubo "lawfare" en el caso Altsasu?

Concurrieron casi todos los elementos típicos de una violación de las reglas del proceso penal
Germán Gorráiz López
martes, 5 de diciembre de 2023, 10:56 h (CET)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó en su día a ocho jóvenes de Altsasu a penas que oscilaban entre los 2 y los 13 años por "un delito de odio y lesiones" tras un altercado con dos miembros de la Guardia Civil y sus parejas que derivó en un parte médico de “lesiones menores” y que en su día fue calificado por el Coronel Jefe de la Guardia Civil de Navarra como “delitos de odio”, por lo que la sentencia de la Audiencia Nacional sería según fuentes judiciales “un auténtico dislate jurídico”,lo que provocó una inmediata reacción de repulsa popular e institucional.


Por su parte, el Tribunal Supremo decidió que el llamado Caso Alsasu “tendría encaje en el artículo 573.1 del Código Penal” y en consecuencia, fuera juzgado por la Audiencia Nacional como “hechos constitutivos de un delito de terrorismo” a petición del Fiscal de la Audiencia Nacional. Descartado finalmente el “delito de terrorismo” solicitado en primera instancia por el Fiscal José Perals, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional resolvió mantener la condena fijada por la Sección Primera de dicho Tribunal a los 7 jóvenes de Alsasu ( penas que oscilaban de los 2 a los 13 años de prisión) y en opinión de Gabriel Rufián sería un "claro caso de lawfare judicial pues si esos chavales hubieran sido de Cádiz, no habrían entrado en la cárcel".


¿Hubo 'lawfare' en el "caso Altsasu"?


Susan W. Tiefenbrun en su tesis “Semiotic Definition of Lawfare” publicada en Case Wester Reserve University, indica que el término Lawfare (en castellano Guerra Judicial) habría surgido de la mezcla de las palabras Law (Ley) y Warfare (Guerra) y sería una expresión cuyo uso se ha generalizado en los medios anglosajones en la primera década de este siglo.


Con dicho término nos referimos al “abuso de los procedimientos legales e internacionales para provocar un repudio popular contra un oponente manteniendo una apariencia de legalidad”. Así, estaríamos hablando de violaciones de las reglas del proceso penal tales como la inadmisión de pruebas, la falta de imparcialidad del Jurado, la violación del principio de proporcionalidad así como crear indefensión.


En el llamado "caso Altsasu" concurrieron casi todos los elementos típicos del lawfare judicial, como la inadmisión de la prueba del vídeo de la noche de autos en el que aparecía el supuesto guardia civil ensangrentado con la camisa blanca impoluta ; la falta de imparcialidad del Jurado al estar presidido por la jueza Concepción Espejel que fue recusada en vano por la defensa del caso Altsasu al entender que "no se cumplía el derecho a tener un juez imparcial al estar casada con un coronel de la Guardia Civil y haber sido condecorada por el ministro del Interior con la Orden del Mérito de la Guardia Civil".


Igualmente, en dicho proceso penal asistimos a la violación del principio de proporcionalidad, pues los delitos de odio son castigados con penas máximas de 4 años de prisión y el de lesiones con penas de 3 a 8 meses de prisión o multa en su defecto y sin embargo las penas finalmente impuestas a dichos jóvenes oscilaron entre los 3 y los 19 años así como la indefensión de los acusados, al no disponer los abogados defensores de los detalles de la acusación y con el agravante de pasar dichos jóvenes 18 meses en prisión preventiva antes de la celebración del juicio.


Así, recientes sentencias judiciales aseveran que "lo que en ningún caso puede perseguirse con la prisión provisional son fines punitivos o de anticipación de la pena" y concluye con "la aplicación del principio "favor libertatis" ( a favor de la libertad) que " impele a la elección y aplicación de la norma menos restrictiva de la libertad".


Dicho caso representó de facto la instauración legal de la llamada Doctrina Aznar, consistente en ”criminalizar a grupos y entidades díscolos y refractarios al mensaje del establishment dominante del Estado español” y sería un paradigma de la llamada "perfección negativa", término empleado por el novelista Martín Amis para designar "la obscena justificación del uso de la crueldad extrema, masiva y premeditada por un supuesto Estado ideal".


De todo lo anteriormente expuestos, cabe deducir que los jóvenes de Altsasu habrían sido víctimas de lawfare judicial y se dejaron en prisión sueños y jirones de libertad, pues como afirmaba Oscar Wilde, “para el que está en la cárcel, las lágrimas son parte de la experiencia de cada día. Un día en la cárcel en el que no se llore es un día en que el corazón está duro, no un día en que el corazón esté alegre".

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