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En qué consiste el régimen matrimonial de separación de bienes

En España, existen tres tipos de regímenes económicos matrimoniales
Redacción
viernes, 13 de diciembre de 2024, 12:37 h (CET)

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La distribución y administración de los bienes en un matrimonio depende de los acuerdos a los que llegue la pareja.


En España, existen tres tipos de regímenes económicos matrimoniales, y siempre se recomienda consultar con un abogado para elegir el que mejor se adapte a la situación concreta.


Aunque en general se asigna por defecto el modelo de bienes gananciales, en algunas comunidades autónomas con derecho foral, como Cataluña, Baleares o la Comunidad Valenciana, el régimen de base es la separación de bienes. 


¿Qué es la separación de bienes?


La separación de bienes es un régimen económico matrimonial regulado en el Código Civil. En ese acuerdo cada cónyuge conserva íntegramente sus bienes, tanto los que tenía antes del matrimonio como los que adquiera durante el mismo. En este caso, y a diferencia de los bienes gananciales, no existe un patrimonio en común. Por tanto, cada miembro de la pareja administra sus bienes y es responsable de sus propias deudas.


Cómo se debe hacer la separación de bienes


Este régimen es un acuerdo formal entre los cónyuges, por lo que debe reflejarse en las capitulaciones matrimoniales, firmadas ante notario antes o durante el matrimonio. En este documento, ambos miembros dejan constancia de los bienes que se aportan y cómo se llevará la administración de estos. Después, se lleva el documento en el Registro Civil para que tenga carácter público.  


Si después del matrimonio, los cónyuges deciden modificar el régimen económico matrimonial, tendrán que acudir al notario para modificar las capitulaciones matrimoniales. Para ello, tiene que firmar un nuevo acuerdo, sin embargo, estos cambios no afectan a los bienes adquiridos anteriormente, solo a los que obtienen a partir de la firma. 


Características principales del régimen de separación de bienes


La separación de bienes es una opción ideal para quienes priorizan su independencia económica o desean proteger su patrimonio. Por ejemplo, si uno de los cónyuges dispone de un patrimonio considerable antes de casarse, probablemente prefiera asegurarlo en caso de divorcio o separación. A continuación, se explican las características principales de esta modalidad.


  • Independencia económica. Cada cónyuge tiene plena autonomía para administrar y gestionar sus bienes con total libertad. Esto quiere decir que no necesita el consentimiento del otro para el manejo al disfrutar de esta independencia económica.
  • Obligaciones y deudas. Cada uno responde exclusivamente ante sus propias deudas con su propio patrimonio individual, sin que el otro cónyuge esté obligado a asumirlas. Esto proporciona una mayor autonomía financiera.
  • Cargas familiares. Ambos cónyuges deben contribuir con las cargas familiares, como la alimentación y educación de los hijos, en proporción a su patrimonio, salvo que lleguen a otro tipo de acuerdo.
  • Protección patrimonial. Este modelo es el más conveniente para proteger el patrimonio individual, ya que evita que los bienes del otro miembro puedan verse afectados por las deudas o problemas económicos.


Estos son algunos de los aspectos más importantes de la separación de bienes en un matrimonio.  Para ampliar la información y consultar con un abogado experto en esta materia, te recomendamos visitar Familia.legal, el portal especializado en derecho de familia. En él se trata este régimen en profundidad, además de abordar otros temas de interés.

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La distribución y administración de los bienes en un matrimonio depende de los acuerdos a los que llegue la pareja. En España, existen tres tipos de regímenes económicos matrimoniales, y siempre se recomienda consultar con un abogado para elegir el que mejor se adapte a la situación concreta. Aunque en general se asigna por defecto el modelo de bienes gananciales, en algunas comunidades autónomas con derecho foral, el régimen de base es la separación de bienes.

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