Los ciudadanos españoles podrán llevar en el móvil su documento de identificación y tendrá validez legal para varios tipos de acciones y trámites, aunque aún tiene sus limitaciones, pues no servirá para volar al extranjero, al menos, de momento, explica reclamador.es. El objetivo del DNI digital, aprobado mediante Real Decreto como documento acreditativo oficial, es acreditar la identidad de forma presencial a través de una aplicación móvil, sin embargo, no podrá presentarse como documento electrónico para viajar fuera de España ni tampoco para acreditar la identidad en otros países.

La app MiDNI es completamente gratuita y está conectada con el sistema centralizado de expedición del DNI y será la única oficial con respaldo legal que servirá para acreditar la identidad de manera equivalente al DNI físico, pero no lo sustituirá. Su objetivo principal es evitar llevar siempre el carné encima y ofrecer diferentes modos de mostrar la información personal, dependiendo de la situación.
En esta primera fase, aclara la compañía online de servicios legales, según indica en su página web el Ministerio del Interior, “con el DNI en el móvil se podrá acreditar la identidad de manera presencial, pero por el momento no servirá para hacerlo a través de Internet, para usarlo como documento de viaje electrónico para paso de fronteras, para acreditar la identidad en otros países o hacer gestiones telemáticas de autenticación y/o firma electrónica”.
Parece que todo apunta que en territorio nacional si se podrá volar con el DNI digital, pero reclamador.es recomienda consultar directamente con la aerolínea, dado que es quien determinará con qué documentación estará permitido embarcar.
Así, Ana Rodríguez, directora de Operaciones de reclamador.es, aclara que “aunque el DNI digital servirá para trámites jurídicos, firmas de escritura ante notario o abrir una cuenta bancaria, para viajar al extranjero a través de un medio de transporte como es el avión aún será necesario que el pasajero lleve consigo el formato físico del Documento Nacional de Identidad (DNI), por lo que, si se producen denegaciones de embarque, los usuarios no podrán reclamar este hecho a las aerolíneas. Deben viajar debidamente documentado”.
ETA, obligatorio para todos los españoles
Según explica Aena en su página web, será la compañía aérea la encargada de solicitar la documentación al facturar y recibir la tarjeta de embarque al subir a la aeronave. Por lo tanto, reclamador.es recomienda que, ante la duda sobre la documentación necesaria para un viaje al extranjero, lo mejor es consultar siempre antes con la compañía aérea.
Por ejemplo, desde este miércoles, 2 de abril, Reino Unido exige a todos los extranjeros que visiten el país a completar el nuevo registro de viajeros, incluyendo a los ciudadanos de la Unión Europea. La Autorización Electrónica de Viaje (ETA, por sus siglas en inglés) es un permiso para viajar al Reino Unido para quienes no necesiten visado y viajen al país para una estancia de corta duración, es decir, menos de seis meses, y que tiene un precio por debajo de los 20 euros.
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