 Rechaza en cambio la orden de alejamiento de 500 metros que solicitaron Fiscalía y la acusación particular
El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha prohibido al comisario del Cuerpo Nacional de Policía y consejero de Interior en la Embajada española en la India, Emilio de la Calle, que se comunique por ningún medio con la subinspectora a la que presuntamente acosó laboral y sexualmente cuando era su superior jerárquico en Nueva Delhi.
Así consta en el auto del magistrado, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que rechaza en cambio la petición tanto de Fiscalía como de la acusación particular de que se acordara el alejamiento de al menos 500 metros de su residencia y de su lugar de trabajo, y la prohibición de acercarse a la presunta víctima cuando se encuentre en territorio español a menos de 500 metros.
"Procede imponer al querellado únicamente la prohibición de comunicar con la querellante, ni directamente ni por mediación de otros, ni por motivos particulares ni por razón del servicio, lo que se comunicará al Ministerio del Interior para que se impida que por razones del servicio, el comisario (...) haya de contactar con la subinspectora", señala el auto en su parte dispositiva.
Asimismo, destaca que en este caso la medida cautelar a acordar se debe limitar a evitar "el agravamiento de los daños psíquicos de la querellante por los posibles intentos de éste último de que la víctima modifique su querella para evitarle perjuicios, haciendo valer incluso un posible chantaje emocional apelando a una camaradería mal entendida entre miembros del Cuerpo Nacional de Policía".
De esta forma, considera que no se aprecian "otros riesgos" dado el carácter de funcionaria policial de la presunta víctima y que tras la suspensión de funciones impuesta al comisario querellado, ya no comparten lugar de destino ni centro de trabajo.
NO DECLARÓ ANTE EL JUEZ
Cabe recordar que el comisario se acogió este pasado lunes a su derecho a no declarar ante el juez por los hechos recogidos en la querella presentada por la subinspectora, cuya representación legal es dirigida por los letrados Ávaro Bernad, Verónica Suárez, Napoleón Cánovas y Juan Antonio Frago del despacho Frago & Suárez Abogados.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 explicaba en su auto de incoación de diligencias que la querella presentada y admitida a trámite indica que los hechos investigados son constitutivos presuntamente de los delitos de acoso ('stalking'), acoso laboral ('mobbing'), delito continuado de lesiones, amenazas, agresión sexual, delito contra la intimidad y un delito de acoso sexual.
Y ahora, para adoptar esta medida cautelar que prohíba cualquier comunicación, el magistrado explica que concurren los requisitos para la misma dado que hay apariencia de la existencia de un delito, que se presenta como verosímil.
"SENSACIÓN DE IMPUNIDAD"
La querella relata que De la Calle y la presunta víctima compartían desde el 30 de julio de 2024 oficina en la capital de la India en el seno de la Embajada española: "Estaban solos dentro de la oficina; allí no había más personal, ni ayudantes, ni secretarios".
Apunta que desde ese día, tras la incorporación de la subinspectora a ese puesto de apoyo, el comisario "prevaliéndose de ese ambiente íntimo que le generaba una sensación de impunidad y de su posición jerárquica (...) realizó conscientemente numerosas conductas delictivas" sobre ella.
Detalla que el comisario "ejerció consciente y deliberadamente un control sistemático sobre la vida privada" de su subalterna frecuentando por ejemplo la calle donde tenía su domicilio, controlando sus rutinas y su vida íntima, y consiguiendo aislarla socialmente dado que fiscalizaba "con quién podía verse" y le prohibía tener contacto con numerosas personas a las que, sin base alguna, consideraba "peligrosas".
Este control de su rutina hizo, señala la querella, que no se relacionara con personal de la Embajada, y que en un encuentro a escondidas con otro empleado de Seguridad confesara que cuando veía edificios altos tenía ideaciones suicidas.
El documento añade que el comisario también ejerció un control sistemático sobre la subinspectora a través de terceras personas, como la empleada de la limpieza que compartían y que le confesó a la víctima que el comisario le preguntaba por su vida y por lo que hacía. De hecho, en un momento dado, el comisario llegó a decirle a la víctima que "sabía que tenía un 'Satisfyer' (un juguete sexual femenino) y le instó a usarlo".
EL 'MOBBING': EL MÓVIL LAS 24 HORAS
La querella recoge que De la Calle sometió a la subinspectora en el ámbito laboral a actos "denigrantes y hostigadores" como llamadas y mensajes realizados de forma permanente "fuera del horario laboral y sin ninguna relación con el trabajo".
"Imponía estar pendiente del teléfono móvil las 24 horas del día de los siete días de la semana, incluso fuera del horario estrictamente laboral, y en el caso de que no respondiera de inmediato a estas llamadas, le reprendía de forma desproporcionada", recoge, y apunta que incluso le conminó a que fuera al baño con el teléfono: "Que cagues con el teléfono".
Además, señala la querella que los insultos y descalificaciones gratuitas se daban con "una frecuencia altísima", que se burlaba de ella poniendo voces, llamándola "cutre", "jeta", "mentirosa" y llegándola a amenazar con darle "una hostia".
"Te dejo, o sea, como un trozo de carne. Te reviento. O sea, no quiero. Te he cuidado, pero no me vuelvas a tocar más los cojones. Porque no creo que seas imbécil. Y a veces me da la impresión de que lo eres. Porque si haces estas cosas después de las veces que te lo digo, es que eres retrasada mental. Si no, no lo entiendo. O sea, si yo te lo digo y tú sigues haciéndolo, sufres un retraso mental", recoge la querella a modo de ejemplo.
LA AGRESIÓN SEXUAL
El escrito relata que en febrero de 2025 la víctima sufrió un desmayo fruto del estrés acumulado y fue llevada a su casa, acompañada por el comisario. Allí, cuando ella estaba tumbada en el sofá con náuseas "rebasando todo límite y mientras le acariciaba la mejilla, le dio un beso en la comisura de los labios que ella no consintió".
"En otras ocasiones, también realizó comportamientos con connotaciones sexuales sin que ella lo consintiera: por ejemplo, darle abrazos o cogerle de la cintura", dice la querella. Y añade que también se dieron "sistemáticos y numerosos comentarios con connotaciones sexuales que le generaban una sensación de malestar y de humillación patentes".
Tras relatar todos los hechos, la representación legal de la subinspectora señala que esto ha provocado secuelas psicológicas en la presunta víctima como un trastorno por estrés postraumático, de intensidad grave, reactivo a problemática laboral.
HECHOS PERSEGUIBLES EN ESPAÑA Y EN LA INDIA
Ahora, el juez, tras analizar todos los hechos y las grabaciones que acompañan la querella, concluye que son perseguibles tanto en la India como en España.
En relación con un beso en los labios no consentido, el magistrado explica que el delito de agresión se habría cometido fuera de la embajada mientras que el resto de delitos se habrían cometido en el interior de la legación diplomática.
Para el instructor el delito de agresión sexual en la modalidad menos grave también figuraría como delito en el Código Penal de La India de 2023. Por ello, el juez añade que se cumple, en este caso, el requisito de los indicios de delito y el de la tipicidad en ambos países.
Fuentes de Interior consultadas por Europa Press señalan que la Policía activó el protocolo de acoso laboral tras conocer los hechos investigados y se procedió a la suspensión provisional de De la Calle de sus funciones. Posteriormente, indican, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, firmó su cese, que le fue comunicado el pasado 14 de abril.
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