MADRID, 03 (SERVIMEDIA)
Facua-Consumidores en Acción lamentó este viernes que el Ministerio de Consumo ha dejado “sin respuesta” nueve de cada 10 del más de medio centenar de denuncias que ha presentado la organización desde el inicio de la legislatura contra 85 empresas que, a su juicio, cometen “abusos y fraudes masivos”.
Así lo precisó en un comunicado en el que subrayó que, entre el 17 de enero de 2020 y el pasado 24 de agosto, ha interpuesto ante la Dirección General de Consumo del departamento de Alberto Garzón un total de 58 denuncias contra 85 empresas y que el organismo no ha contestado a 52 de ellas.
En los cinco casos en los que sí lo hizo se declaró “incompetente”, pese a que en todas ellas la asociación argumenta que las compañías implicadas, entre las que se encuentran 33 líneas aéreas, 13 empresas energéticas, cinco de telecomunicaciones, cuatro bancos y tres aseguradoras, estarían realizando “infracciones” a la normativa de protección de los consumidores.
Entre los motivos de denuncia “más habituales” la organización citó la publicidad “engañosa”, la negativa a reembolsar el importe de servicios cancelados por la pandemia indicando que sólo existe el derecho a recibir un bono y el incumplimiento de la obligación de facilitar teléfonos gratuitos cuando se trata de empresas de servicios básicos de interés general o líneas con prefijos geográficos o líneas móviles en lugar de 902 en el resto de casos.
Facua reclamó al gabinete de Garzón “cambios de calado” en el funcionamiento de su Dirección General de Consumo, de manera que se convierta en un organismo “eficaz en la lucha contra el fraude y transparente en sus actuaciones” y este viernes remitió un escrito a dicha dirección general en el que reiteró su petición de información en torno a las medidas llevadas a cabo ante las denuncias que aún no han obtenido respuesta.
REFORMA NORMATIVA
El pasado 20 de julio el Consejo de Ministros dio luz verde al inicio de la tramitación de la reforma del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios (Trlgdcu) mediante el anteproyecto de ley para la mejora y modernización de las normas de protección de los consumidores de la Unión Europea y del régimen sancionador en materia de consumo.
Con esta reforma, según defendió entonces el titular de Consumo, el Gobierno busca “incrementar las herramientas a disposición del Estado y, particularmente del Gobierno central, para desplegar todas aquellas medidas necesarias para incrementar la protección de los consumidores y mejorar el funcionamiento, la eficiencia y la justicia social de los mercados en nuestro país”.
De este modo, a su entender, se establece un “desincentivo” a que las grandes empresas puedan cometer “fraudes o abusos" merced a una reforma que, a su juicio, “asemeja” a España “a los estándares europeos, cumple con el mandato de la Comisión Europea de la nueva agenda del consumidor y va a ayudar, solo con su mera existencia, a que las grandes empresas no tengan ningún incentivo para cometer fraudes o abusos”.
Gracias a ella, Consumo tendrá competencia sancionadora en casos de fraudes masivos que afecten a varios países, a la unidad de mercado, o cuando el infractor no esté localizado en España en infracciones en relación con el comercio electrónico.
Las sanciones máximas, que a partir de ahora también podrá imponer el Estado, subirán hasta un millón de euros u ocho veces el beneficio ilícito obtenido en el caso de infracciones cometidas únicamente en España, y hasta el 4% del volumen de facturación de las compañías cuando estas infracciones tengan lugar en varios Estados miembro.
Entre otras cuestiones, serán sancionables por el Estado los incumplimientos o trasgresiones de los requisitos para evitar contaminaciones o conductas nocivas que puedan resultar gravemente perjudiciales para la salud pública, así como la alteración y adulteración de la composición y calidad de los bienes y servicios. Asimismo, estarán sujetas al nuevo régimen sancionador la introducción o mantenimiento de cláusulas abusivas en los contratos, la obstaculización del derecho a poner fin a un contrato o causar baja en un servicio, los incumplimientos en el etiquetado o la facturación de productos y servicios no contratados.
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