“Cuando, por fuerza mayor, cambian las circunstancias en las que se firmó un contrato, cada una de las partes puede desistir de su cumplimiento o renegociarlo"
Gracias a este principio legal, que significa literalmente “estando así las cosas”, se evitó la quiebra de distintos tipos de negocios durante la crisis de la Covid-19. Su aplicación con motivo de situaciones excepcionales abre un paréntesis legal a ciertas obligaciones contractuales, por ejemplo, la del pago del alquiler de los empresarios afectados a los arrendatarios de los locales donde desarrollan su actividad hasta que esta no se pueda reanudar con normalidad.
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