El Consell desde el año 1986 ha aprobado diversas distinciones que reconocen los méritos realizados en beneficio de la sociedad en ámbitos como la cultura, la solidaridad y el deporte. Estos honores se entregan el 9 de octubre, Día de la Comunidad Valenciana.
En este campo, el derecho premial civil del Gobierno valenciano comprende la Distinción de la Generalitat, las distinciones al mérito científico, cultural y deportivo, la Orden Jaume II y la Distinción del Ambaixador.
La Alta Distinción de la Generalitat Valenciana premia a las personas físicas o jurídicas que han destacado en su actividad al servicio de los intereses generales y peculiares de la comunidad.
La Distinción de la Generalitat Valenciana al Mérito Cultural tiene por finalidad distinguir a personas físicas, entidades o colectivos que por sus méritos han contribuido a destacar la aportación de la comunidad autónoma en cualquier ámbito de la cultura.
La Medalla y la Placa de la Generalitat al Mérito Deportivo tiene como objetivo reconocer y premiar públicamente a personas y entidades «cuya destacada actuación o conducta en la práctica, promoción o investigación del deporte los haya hecho merecedores de tal distinción», apunta el artículo 1º del Decreto 120/2014.
La Distinción de la Generalitat al Mérito Científico reconoce los méritos, labor y trayectoria de personas o entidades que han destacado en el ámbito de la investigación científica por su esfuerzo, trabajo, dedicación, vocación o compromiso con la sociedad valenciana.
La distinción honorífica del Ambaixador de la Comunidad Valenciana reconoce y premia la labor de las personas que ha contribuido al conocimiento, difusión y defensa de los intereses generales y peculiares de la comunidad autónoma.
La Orden de Jaume I El Conqueridor distingue a personas físicas o jurídicas destacadas por sus méritos en el ámbito cultural, profesional, económico, cívico o social, o «por sus servicios al desarrollo y progreso de la Comunidad Valenciana, a la recuperación y dignificación de su cultura, identidad y símbolos, y a la difusión de los valores autóctonos del pueblo valenciano», explica el artículo 1º del Decreto 12/2008.
|