Con el anuncio de la abdicación del rey Juan Carlos I está a punto de producirse el relevo en la Jefatura del Estado. Y es el momento en que algunos, los más que republicanos antimonárquicos, están aprovechando para cuestionar la forma de Estado que establece la Constitución.
Puede que, según convicciones y aficiones, haya motivos para plantear la conveniencia de remover una institución, La Corona, que en el periodo de democracia que vivimos ha resultado útil. Pero, para tranquilidad de todos, parece que por el momento son más los que entienden, como San Agustín, que en tiempos como los actuales, de zozobras y construcción de la Unión Europea, es mejor no hacer mudanza metiendo a la Jefatura del Estado en una realidad precaria y no deseable.
Sin embargo, algunos hechos del pasado que están en la mente de todos y lo ocurrido con el anuncio de la abdicación ponen de relieve una situación de la Corona que conviene atender: La no existencia formal de unos Consejeros del rey, que parecen necesarios, que conviene cumplan una labor de asesoramiento difícilmente prescindible y que en democracia deben hacerla con absoluta transparencia y sin un ocultismo que no beneficia a nadie.
Es cierto que hubo en tiempos un Consejo del Reino que, instaurado en vida de Franco, cumplía la misión de asesoramiento al Jefe del Estado. Pero esa institución, con una misión de asesoramiento más formal que real en dictadura, al llegar la democracia, desapareció.
En la actualidad, para asesorar al Estado existe el Consejo de Estado y tras él se intuye un asesoramiento al Jefe del Estado que, aunque sea viable, formalmente parece imposible si el asesoramiento y consultas no se realizan a través del Gobierno (Art. 1.1 Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril: El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno).
Esta circunstancia hace que la autonomía del Rey quede en entredicho a la hora de realizar consultas (al Consejo de Estado) y recibir asesoramiento al margen del Gobierno. Es cierto que el Gobierno, que refrenda una buena parte de los actos del rey (art. 64 de la Constitución) responde de los actos que refrenda. Pero también ocurre que “El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes (art. 54.1 de la Constitución).
En esa realidad, es lógico un equipo de asesoramiento al Jefe del Estado que en la actualidad no existe y que únicamente se confía al Consejo de Estado a través de Gobierno – con la pérdida de independencia que produce – y a una Casa Real que sólo dispone de una estructura tan exigua como la que formalmente se dice: Jefatura de la Casa, que “ejerce la dirección e inspección de todos sus servicios” (sólo dirección e inspección de servicios). Con la ayuda de una Secretaría General (sólo con misiones de ayuda). Y el conocido como Cuarto Militar, que “dentro de La Casa, constituye la representación de honor de la institución militar, al servicio inmediato del Rey”.
En la actualidad reciente, la no existencia de Consejeros del Rey y la forma en que se ha hecho el anuncio de la abdicación han hecho aparecer el rumor, puede que hasta cierto, de que la abdicación había sido decidida por el rey en enero (no se sabe con el consejo de quién o quiénes) para hacerse efectiva en septiembre. El que se produzca en fechas distintas, se rumorea, ha sido debido al resultado de las elecciones europeas y al estado de precariedad en que podría quedar la Corona, asentada en el bipartidismo sólido del PP (debilitado en las urnas) y del PSOE (sumido en una crisis de identidad y autoridad interna que, desaparecido Rubalcaba de la Secretaría General, haría poner en cuestión la forma de Estado o depositarla únicamente en el PP). Según el rumor, fue el Rey el que el jueves día 29 de mayo, a falta de consejeros reales, tomara la decisión no se sabe si de comunicar, o también de consultar, a tres personas que, de esta forma, se implicaban en una decisión (algunos dicen apaño) que quizás hubiera sido mejor que únicamente conocieran sin implicarse: El Príncipe de Asturias (futuro rey), el Presidente del Gobierno y el Jefe de la Oposición parlamentaria.
Al sesgo, también por algunos círculos políticos y sin entrar a en lo aportado por la revista Pronto con tintes de “prensa rosa”, se había movido el rumor (con algunos ruidos interesados) de que, a falta de consejeros formales, en torno al Príncipe de Asturias se había organizado un grupo de asesoramiento y consulta formado por: contactos nacionales e internacionales (sin precisar número), empresarios (3), militares (4), amigos (3) e incluso un sacerdote al que se le atribuía la espiritual misión de contacto con el cardenal Rouco, cabeza visible del poder fáctico de la iglesia.
Por lo anterior, para evitar rumores desestabilizadores y asentar la limpieza y pureza informativa que en democracia parece social y políticamente saludable, mientras desde algunos grupos políticos se cuestiona la forma de Estado con algarabías y desórdenes, parece oportuno tomar algunas medidas en beneficio de una solidez democrática que hasta ahora ha sido útil.
Entre ellas, no parece de entidad menor tratar de robustecer la forma de Estado que la Constitución establece, dotando al futuro Jefe del Estado, el rey Felipe VI, de un órgano de consulta independiente capaz de prestar ayuda y consejo para el ejercicio de las misiones que la Constitución atribuye al Jefe del Estado; y para entender sobre otras cuestiones, personales, familiares y de La Corona, Ficticias o reales, que convengan al Estado.
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