Los centros españoles situados en países afectados por el coronavirus podrán hacer de forma virtual las pruebas de acceso a la Universidad. Así lo recoge una resolución conjunta de Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que prevé la adaptación de las condiciones de realización de las pruebas a las necesidades y situación de los centros españoles y los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia derivadas tanto de la situación sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el COVID-19, como de las medidas adoptadas para contenerla por las autoridades de sus respectivos países.
Según dicha resolución, cuando las pruebas deban tener lugar en países en los cuales estén en vigor medidas sanitarias excepcionales dictadas por sus autoridades que impidan su realización material en las condiciones habituales de presencialidad dentro del plazo previsto, los órganos responsables podrán establecer para la totalidad o parte del alumnado inscrito en dichas pruebas un procedimiento virtual y fiable para su realización.
Asimismo, en caso de que no se establezca un procedimiento virtual o este no cubra a la totalidad del alumnado, deberá en todo caso garantizarse la realización de las pruebas presenciales en condiciones de seguridad, pudiendo justificadamente modificarse las condiciones habituales de presencialidad.
El Gobierno ya publicó el 2 de julio una resolución para autorizar el retraso de las pruebas en los centros españoles en el exterior hasta el 31 de julio.
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