En líneas generales el protocolo que gira en torno al presidente del Gobierno de España se ejecuta gracias a la intervención y colaboración entre tres entidades: el gabinete del presidente, la secretaría general de la presidencia y el Ministerio de Asuntos Exteriores.
La presidencia del Gobierno de España está estructurada bajo las indicaciones del Real Decreto 136/2020. Bajo la dirección del presidente del Gobierno se encuentran los siguientes órganos superiores: gabinete del presidente, secretaría general de la presidencia, secretaría de Estado de comunicación, dirección adjunta del gabinete del presidente, secretaría general de asuntos económicos y G20, alto comisionado para la lucha contra la pobreza infantil, y alto comisionado para España nación emprendedora.
El gabinete de la presidencia del Gobierno es el órgano que asiste políticamente y técnicamente al presidente y cuyas funciones están descritas en el artículo 2. Pero, además de estas, y junto a la secretaría general de la presidencia, también se encarga de «la coordinación de las actividades de apoyo y protocolo del Presidente del Gobierno en su relación con los restantes poderes del Estado». La persona que se encuentra al frente del gabinete recibe el cargo de director con rango de secretario de Estado.
Por su parte, la secretaría general de la presidencia es el órgano que acoge el departamento de protocolo liderado por un director general. Este departamento, a su vez, se divide en dos unidades: unidad de protocolo de la presidencia del Gobierno y unidad de protocolo y ceremonial del Estado.
El departamento de protocolo, en colaboración con el gabinete del presidente y el Ministerio de Asuntos Exteriores, desarrollará funciones como la coordinación y dirección del protocolo de los viajes, visitas y actos públicos oficiales del presidente del Gobierno. También se encarga de los actos y reuniones internacionales de carácter bilateral o multilateral que se celebren en territorio español y que cuenten con la presencia del presidente.
Además, el departamento de protocolo ejerce la jefatura de protocolo del Estado para lo cual interpretará, ejecutará y aplicará las normas sobre el régimen de protocolo y ceremonial del Estado. El artículo 6 del Real Decreto 136/2020 también señala que el departamento de protocolo «ejercerá la coordinación y dirección, en su caso, del protocolo de los actos de carácter general realizados en España, en los que concurran autoridades de distinto orden, nacionales, autonómicas y locales».
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