El próximo domingo 9 de junio miles de españoles participarán en la jornada electoral como Presidentes de mesa o Vocales. Esta designación, otorgada por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de cada mesa, lleva asignada una dieta.
Estas dietas se regulan por Orden Ministerial, a diferencia de la designación de miembros de la Mesa, correspondiente a la Junta Electoral Central. Según la última Orden Ministerial publicada en el BOE, esta cantidad asciende desde los 65 euros de los anteriores comicios europeos de 2019 hasta los 70 euros para estas elecciones.
Los seleccionados ya han recibido su notificación tanto por medios electrónicos como por correo postal, con confirmación de recepción. Estas notificaciones se enviaron a los miembros de las mesas electorales entre los días 13 y 18 de mayo y se formarán más de 58.000 mesas electorales a lo largo de todo el territorio español.
Exención de las dietas en el IRPF
A diferencia de otras ayudas, como la de los 200€ para familias vulnerables, estas dietas están exentas de IRPF, explican desde TaxDown. Lo que significa que la cuota llega íntegra a los Presidentes y Vocales de las mesas electorales y que no tendrán que incluir este pago en su declaración de la renta del año que viene, tal y como recoge la Agencia Tributaria en su web.
Además, los miembros de las mesas electorales estarán protegidos por el Sistema de Seguridad Social para cualquier eventualidad que pueda surgir en relación con su desempeño durante las elecciones.
“Las dietas para los miembros de las mesas electorales, junto a otras dietas como las recibidas por candidatos a jurados, están exentas de IRPF y es importante tenerlo en cuenta para no incluir estos importes en nuestra declaración de la Renta”, explica Enrique García, CEO de TaxDown.
Otros derechos de los miembros de la mesa
Además de la mencionada dieta de 70€ por participar en esta jornada electoral, los miembros de las mesas que sean trabajadores por cuenta ajena tendrán derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior. También los funcionarios nombrados miembros de mesa tienen derecho a un permiso retribuido de la jornada completa durante el día de la votación, si es laborable.
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