La sentencia de la Audiencia Nacional que recoge la condena de los 65 exaltos cargos y directivos de Caja Madrid y Bankia fundamenta en varias frases clave su postura respecto a la naturaleza de las tarjetas opacas al fisco, con las que se "dilapidó el patrimonio" de la entidad y señala en especial a Miguel Blesa y Rodrigo Rato, a quienes les reprocha que quebraran la lealtad que se depositó en ellos en calidad de presidentes de la caja extinta.
El tribunal presidido por la magistrada Ángela Murillo plasma en la resolución de 259 páginas su parecer sobre una práctica que nació el 24 de mayo de 1988 y que sentó en el banquillo de los acusados a líderes políticos, representantes sindicales y de la patronal. Sobre Blesa y Rato recaen las condenas más altas --seis y cuatro años y medio de prisión, respectivamente-- mientras que el resto también recibe penas de cárcel por delito continuado de apropiación indebida.
La sentencia valora el uso personal que se hizo con los plásticos, la validez de la prueba pericial aportada por Bankia con el desglose de los gastos efectuados con las Visas, la competencia de la entidad nacionalizada para erigirse como la principal damnificada por la práctica y las declaraciones de todos los acusados, a quienes atribuye reiteradamente un comportamiento "ilícito".
TARJETAS DE CAJA MADRID
"No es recibo que el personal altamente cualificado de sendas entidades bancarias pueda sostener abiertamente que el disfrute de una tarjetas de empresa se integraba en su salario. Las propias declaraciones de los acusados delatan su comportamiento netamente ilícito".
"Es difícilmente concebible una remuneración cuando se puede seguir utilizando la tarjeta tras cesar en el cargo y que se diga abiertamente que era una norma no escrita en la entidad".
"Si se ha perpetuado en el tiempo ha sido porque los mismos beneficiados eran los llamados a eliminar la práctica".
"Lo que aconteció es que se había instalado un automatismo al que todos se rindieron en aras del beneficio ilícito reportado por el uso de la tarjeta de empresa al margen de la única percepción dineraria a la que se tenía derecho legal y estatutariamente".
"Ni una tarjeta de empresa está llamada a encubrir una remuneración, ni sus destinatarios pueden darle este último tratamiento, y con los peregrinos argumentos que emplearon delatan el conocimiento cabal de su ilícito proceder".
"Nadie opuso reparos en décadas siendo más que sostenible que a nadie le interesase, dado el beneficio personal que reportaba".
"No pueden mostrar ahora sorpresa alguna ante lo que se evidenciaba como una disposición de fondos de la entidad absolutamente desviada que por su propia configuración ponía de manifiesto dicha desviación".
"Todos los acusados frente al empleo de las tarjetas eran absolutamente responsables en su determinación de descartarlas. Si en vez de ello optaron por usarlas en aras de su lucro personal, es claro que contribuyeron a la merma de un caudal que no tenían más derecho a disponer que lo que respondiera a sus respectivos contratos".
"Se regalan a así mismos los acusados unas tarjetas a las que nadie obligaba a usar optando por una auto adjudicación".
"Las tarjetas en cuestión era de nula utilidad a la entidad ya que se desviaban a atenciones personales".
"Sorprende que unas personas sin más función que la de informar al Gobierno de la Comunidad de Madrid (José María Buenaventura Zabala y Manuel José Rodríguez González) no solo es que se atribuyan una cantidad de libre disposición sino que la sigan disfrutando tras cesar.
"El montante dinerario que representaba el uso de la tarjeta no figuraba en el certificado de haberes que Caja Madrid facilitaba cada años a efectos de la declaración del impuesto".
BLESA Y RATO
"Se erigieron en el detonante de una práctica que por situarse al margen de las previsiones legales, estatutarias y contractuales, propiciaba la salida de fondos de la entidad de forma delictiva y en claro detrimento del patrimonio de sendas entidades".
"La absoluta inconveniencia por la decisión adoptada en cuanto que nada opusieron a que se pudiera lograr un enriquecimiento con unas cantidades dinerarias, de la que eran los primeros en lucrarse a través de unas tarjetas de las que fijaban los importes, ponía en peligro el patrimonio de sendas entidades".
"La prueba practicada pone de manifiesto que uno y otro, lejos de cuestionar a qué respondía la emisión de las tarjetas corporativas que posibilitaron la salida ilícita de fondos de la entidad, se rindieron a una práctica que dilapidaba el patrimonio gestionado.
"La lealtad quebrada se hace evidente, por anteponerse los fines personales a los intereses sociales que eran los bancarios y no otros".
"Se sitúan ambos en el punto de partida de la distracción de fondos de la entidad".
MIGUEL BLESA "Otorgaba las tarjetas sin más respaldo que su exclusiva decisión".
"Disponiendo como si del dueño se tratara, con una única finalidad lucrativa, merece este significativo reproche penológico".
"Otorgándole, como afirmó, una naturaleza retributiva desatendió clamorosamente la regulación legal sobre las tarjetas".
"Propició, siendo el máximo exponente de la entidad, que se sucediera la emisión y el mantenimiento de unas tarjetas de empresa que facultaban en disponer del patrimonio de Caja Madrid, en su detrimento".
RODRIGO RATO
"El importe dinerario que representaban tales tarjetas se compensaban con las limitaciones retributivas impuestas por el Real Decreto 2/2012 para el saneamiento del sector financiero".
"Era sabedor siendo de conocimiento público y más para quien ha ostentado cargos públicos relevantes en materia económica que, conforme a la disposiciones legales los miembros de los órganos de gobierno de las cajas de ahorro, a lo largo de su existencia no han percibido más remuneración que por el concepto de dieta.
LA HOJA EXCEL
"Afirmar que el listado Excel elaborado por Bankia está específicamente preparado para esta causa es una afirmación gratuita huérfana de cualquier elemento objetivo probatorio".
"Frente a las repetidas alusiones de que la hoja Excel ha sido manipulada por la acción humana, nada más lejos de la realidad. Es justamente al revés; el que no se corresponda la fecha de disposición de la tarjeta con la que figura en la hoja Excel pone de manifiesto que se ha realizado informáticamente y no de otro modo".
"Los cargos de los extractos bancarios suponen una afección al derecho de la intimidad pero este derecho se ve limitado constitucional y legalmente y cede ante disposiciones legales que operan como límite de ese derecho".
"El contenido del extracto es la base misma de la imputación delictiva: determinar si las tarjetas se utilizaron para fines corporativos o propios. De ahí que la intromisión en la intimidad es perfectamente legítima".
BANKIA
"Si el patrimonio de la entidad y el resto de actividad de Caja Madrid se segregaron en BFA, y de ahí la que era su filial Bankia, es la perjudicada esta entidad, en cuanto que ostenta el derecho a crédito".
"De la auditoría interna de Bankia se comprobó que había unas tarjetas que en las que se habían producido gastos incompatibles con toda norma, acuerdo de órgano de gobierno o contrato que los avalara".
"Bankia tiene la información porque aunque no sea sucesora de Caja Madrid, sí continúa con su negocio bancario".
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