¿Cómo es posible que todas estas señoras, presuntamente perjudicadas, se animen a denunciar supuestas acosos sexuales o violaciones cuando ya han pasado los años, en algunos casos 30, y no lo hagan cuando los supuestos hechos delictivos tuvieron lugar?
El feminismo mundial ha encontrado un filón para sus lucha contra el sexo opuesto al que difícilmente van a renunciar sabiendo que el ambiente les es favorable, una circunstancia a la que, muchos hombres propensos a dejarse arrastrar por el bulo de que el hombre siempre es el culpable de cualquier enfrentamiento, dialéctico o físico, que pudiera tener con el sexo opuesto, a contribuir entusiásticamente a culpar a los hombres, con razón o sin ella, sea verídico el hecho o una mera invención, contándolo tal como sucedió u omitiendo detalles importantes que pudieran darle otro enfoque si piensan que, usando semejante táctica van a conseguir algún beneficio material, sentimental o de tipo vengativo que de todo hay en la viña del Señor.
El victimismo del que hacen gala todas estas organizaciones feministas no es más que un resentimiento acumulado desde los inicios de la Humanidad del supuesto agravio contra la naturaleza por haber nacido más débiles; más condicionadas por su misión reproductora que las sitúa en unas condiciones de dependencia de las que, desde los últimos años, están intentando librarse ( hay que reconocer que con bastante éxito) insistiendo en acabar con lo que, para ellas, se entiende como un atentado a sus libertades, los obstáculos que las leyes les imponen a poder decidir sobre quedar embarazadas o no, algo que se podría evitar fácilmente con todos los sistemas inventados para prevenir el embarazo, para lo cual vienen exigiendo la potestad de poder interrumpir el embarazo a su libre albedrío, aunque ello pudiera significar el tener que sacrificar al feto, en aras a esta supuesta independencia femenina para hacer lo que les venga en gana con su cuerpo.
Han conseguido una cierta impunidad, cuando no apoyo legal, para evitar los embarazos o acabar con ellos si se llegan a producir, de modo que la propia opinión pública que, en años atrás, se manifestaba escandalizada ante semejantes actuaciones contra natura, ahora, en una gran mayoría, incluso respaldada por la ONU, piense que la libertad que las mujeres pretenden tener respecto a su cuerpo, pueda tener prevalencia sobre el derecho fundamental a la vida que todo ser viviente debiera defender por encima de cualquier otra consideración. La vida de un feto que, de no interrumpirse violentamente durante su gestación, tendría todos los predicamentos a favor para llegar a ser una criatura, como nosotros mismos, con derecho a la vida como cualquier otro mortal; debido a la falta de solidaridad de su madre, a su comodidad o a su falta de instinto maternal, puede estar condenada, no por un tribunal de Justicia o por los avatares de la naturaleza, sino por el desamor egoísta de quien no tomó las debidas precauciones para evitar que el espermatozoide fecundara el óvulo femenino. Lo curioso es la hipocresía de la sociedad que, en cuanto se produce el nacimiento de un nuevo ser, todo lo que han sido facilidades que se les han concedido a las mujeres para interrumpir el embarazo se tornan automáticamente en derechos en defensa de la vida de la criatura, de tal modo que el que intentara en alguna forma atentar contra ella sería culpable de infanticidio, uno de los crímenes más abyectos a los ojos de la ciudadanía, un crimen execrable merecedor de que todo el peso de la Ley caiga sobre el culpable de atentar contra la vida del menor.
Sin embargo, no es contra el execrable crimen que, a nuestro entender, constituye el hecho de abortar. Y es que no quisiéramos dejar de comentar lo que, en esta ocasión, quisiéramos comentar sino en defensa de un principio general de la Justica y es el de que a cualquier persona que se le acuse de la comisión de un delito se le supone lo que se califica como “presunción de inocencia” de modo, al menos hasta hace unos años, la carga de la prueba contra quien presuntamente fuera acusado de un ilícito penal le correspondía siempre a la acusación de modo que, si las pruebas aportadas por los fiscales o la acusación particular no fueran sólidas, no dejaran paladinamente demostrado que el inculpado fuera, efectivamente, el autor del delito, el tribunal que lo juzgaba se veía en la obligación de declarar al imputado, inocente. Y hemos hecho la salvaguarda de que esto estuvo vigente hasta que el feminismo recalcitrante consiguió nublar la mente de los legisladores, doblegar lo que siempre había sido un derecho in discutible de los acusados y, para más INRI, en lo que se podría denominar como absurdo legislativo, promulgar una nueva norma de lo que irónicamente se le ha dado por denominar como “ discriminación positiva” a favor de las mujeres de modo que, si una de ellas acusa a un hombre, aunque fuere sin pruebas, de haber cometido un delito sexual en contra de la voluntad de una de ellas, la presunción de veracidad siempre será a favor de la acusación de la fémina que formule la acusación.
Uno, dentro del pasmo que a cualquier persona sensata le puede producir semejante desatino legal, se lamenta de este oxímoron consistente en considerar que el término “ discriminación” que entraña la comisión de un acto injusto pueda, a la vez, ser legal, en virtud de un intento de calmar al mundo feminista, en el caso de que el delito afecte a la mujer o mujeres...misma esencia de la justicia, se les considera a las mujeres con un derecho preferente mediante el cual, cualquier denuncia que se formule por una mujer contra varón, se entienda que tiene un plus de veracidad que, sin embargo, no se le concede al hombre, que se ve obligado a demostrar su inocencia y no, como sucedía con anterioridad, le correspondía al acusador probar la culpabilidad de aquella persona a la que acusaba de un delito. Y para mayor INRI y escarnio de los que elaboraron semejante panfleto legislativo, a esta particular discriminación que se les ha hecho a los varones, en cuanto a sus relaciones con las hembras, se ha cometido el error de calificar esta obscenidad legislativa como “ discriminación positiva”, de manera que cualquier distinción que se hiciera respecto a cualquier derecho, entre hombres y mujeres, por razón de su condición sexual, no fuera un atentado al mandato constitucional de que no pueden existir tratamientos distintos, ante la Ley, por “razón de sexo”. Este San Benito de prejuzgar la culpabilidad de los hombres antes de ser debidamente juzgados, con todas las garantía reconocidas por las leyes, no es más que poner al presunto delincuente ante la necesidad de demostrar si hubo consentimiento o no por parte de la mujer, si hubo violencia o no por su parte, si se cometió con abuso de fuerza o no etc., de modo que, en casos en los que no hubiera testigos presenciales que pudieran corroborar lo expuesto por el acusado o la acusación, estamos hablando de una situación en la que se ha de juzgar a dos o más personas en base a sus declaraciones. Si se le da preferencia a la de la mujer, es evidente que la injusticia puede planear por sobre cualquier Sala de lo penal en la que se dirima la inocencia o culpabilidad de un hombre injustamente acusado.
El último caso sobre el que se cierne la sombra de un revanchismo femenino larvado en el tiempo, por cierto muy raro ya que, de momento, no parece que ninguna de las nueve mujeres que acusan al tenor Plácido Domingo, haya acudido a los juzgados a presentar alguna denuncia contra él, por algún presunto delito relacionado con las proposiciones deshonestas, supuestamente reiteradas, que el conocido tenor les pudiera haber hecho en aquellos pretéritos tiempos en los que acaso hubieran tenido alguna relación profesional. A la única acusadora de la que se saben el nombre y apellidos o a algunas de las que, anónimamente, lo que ya implica cobardía e inseguridad, han dejado entrever que fueron objeto de los requerimientos libidinosos del actor, sin importarles, ni poco ni mucho, atentar contra el honor de uno de los tenores de más prestigio que ha tenido la lírica española y de los que más ha llevado, con toda dignidad, el nombre de España por todos los teatros de ópera del mundo. ¿Deberemos suponer que, un hombre, no puede intentar cautivar a una mujer usando de sus atractivos masculinos, su situación económica o su fama, como medio de conquistarla? ¿Desde cuándo es delito intentar vencer lo que, en muchos casos, no deja de ser un muro de coquetería con el que la hembra intenta forzar a su galán para que se esfuerce más en adueñarse de su corazón? ¡Claro que, en los tiempos que vivimos y entre estas señoras que han decidido que, aparte de las mujeres, en el mundo no hay más que una generación de reproductores masculinos con la que hay que acabar para instituir un gobierno de mujeres! Ni siquiera es delito ningún acto de lascivia que un hombre pudiera proponer a una mujer, mayor de edad, sin que medie fuerza o chantaje, aún en el caso de que la interesada hubiera pedido al varón algún favor especial del que el individuo hubiera pretendido sacar alguna ventaja amorosa. Es más, nunca se podrá saber si estas damas que ahora, después de treinta años, sacan a relucir algo que no las favorece en nada, fueran ellas mismas las que se le ofrecieron a don Plácido para intentar conseguir de aquel conocido personaje algún favor de tipo laboral en forma de recomendación, influencia o apadrinamiento para conseguir introducirse en el exclusivo mundo de la ópera.
Lo que ya no va a poder evitar Domingo es el daño moral, el desprestigio, la duda, las pérdidas materiales que le pudieran ocasionar las cancelaciones u otros perjuicios que la sombra del delito, que estas insensatas han dejado caer sobre el divo, pudiera afectarle en el futuro.
O así es como, señores, desde la óptica de un ciudadano de a pie, a los que ya peinamos canas y sabemos del mundo más de lo que quisiéramos, nos parece que esta humanidad del siglo XXI carece del sentido de la proporción, escasea de sentido común y, lo que es peor, se ha constituido en pretendida censora de la vida y circunstancias de las personas y de sus opiniones, intimidades, relaciones amorosas etc. de modo que, es muy posible, llegue un momento en el que se dé la posibilidad de contraer matrimonios con bestias, incestuosos, se imponga el embarazo de los hombres o que una persona ( creo que ya ha habido algún intento) se pueda casar consigo misma y nadie, absolutamente nadie se escandalice de ello; pero ¡cuidado!, lo que va a estar prohibido terminantemente, como algo “inaceptable”, lo que sería poner en práctica aquella vieja costumbre, tan castiza y satisfactoria, consistente en “tirarle los tejos” a una buena moza.
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