El mes de agosto, 3 chavales de Altsasu cumplieron 1.000 días de prisión incondicional sin sentencia firmey con total ausencia de seguridad jurídica al ser rechazados parte de los argumentos de sus abogados defensores por la Fiscalía del Estado cuya primera misión es “velar por la seguridad jurídica de los ciudadanos de España”, lo que confirmaría el aforismo de Blaise Pascal: “La fuerza sin justicia es tiranía”.
El atestado policial de la noche de autos fue redactado por la Guardia Civil y comunicado simultáneamente a todos los medios de comunicación del status quo del Estado español y amparado por la “espiral del silencio” de los medios de comunicación de masas, consiguió fijar en el subconsciente colectivo la idea de que “el caso Altsasu es terrorismo”. mediante una deliberada y sofocante acumulación de mensajes de un solo signo (los chavales de Altsasu son cachorros de ETA). Por su parte, el Tribunal Supremo decidió que el llamado Caso Alsasua “tendría encaje en el artículo 573.1 del Código Penal” y en consecuencia, fuera juzgado por la Audiencia Nacional como “hechos constitutivos de un delito de terrorismo” a petición del Fiscal de la Audiencia Nacional.
¿Está la Justicia española controlada por el “clan de los políticos”? El establishment del Estado español estaría formado por las élites financiera-empresarial,política, judicial, militar, jerarquía católica,universitaria y mass media del Estado español,herederos naturales del legado del General Franco que habrían fagocitado todas las esferas de decisión (según se desprende de la lectura del libro “Oligarquía financiera y poder político en España” escrito por el ex-banquero Manuel Puerto Ducet). Dichos lobbys de presión estarían interconectadas mediante “una alianza inquieta basada en su comunidad de intereses económicos y amalgamada por la defensa a ultranza del Régimen del 78 y de la “unidad indisoluble de España”, aunque tan sólo serian satélites orbitando en la esfera de gravedad del Opus Dei, élite Alfa que habría fagocitado todas las sub-élites del establishment y habría convertido al Estado español en una distopía de naturaleza real (no ficticia).
Asimismo se habría producido una deriva totalitaria que habría ya convertido a la seudodemocracia española en rehén del establishment y que tendría como objetivo último la implementación del “Estado Tardofranquista”, anacronismo político que bebería de las fuentes del centralismo bonapartista y del paternalismo de las dictaduras blandas y que alcanzó el paroxismo con la implementación de un Golpe blando en Cataluña tras la suspensión de facto de la Autonomía catalana mediante la aplicación del 155 y la entrada en prisión de Oriol Junqueras, los Jordis y demás ex-consellers. Dicha cruzada tardofranquista tendría al Tribunal Supremo como dique de contención de los recursos populares contra la parasitaria y corrupta clase política establecida en cualquier segmento de poder mediante el status de aforado y a la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional como brazo ejecutor. Ambos tribunales estarían controlados por los jueces integrantes del llamado “clan de los políticos” en palabras del ex-Presidente de Sala del TS, Ramón Trillo, descollando la Presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Concepción Espejel, condecorada en su día por la Presidenta del PP de Castilla la Mancha, María Dolores de Cospedal y recusada sin éxito por las defensas de los chavales de Altsasu.
La Audiencia Nacional y los chavales de Altsasu Dicha Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó en su día a los jóvenes de Altsasu a penas que oscilaban entre los 2 y los 13 años por un delito de odio y lesiones tras un altercado con dos miembros de la Guardia Civil y sus parejas que derivó en un parte médico de “lesiones menores” y que en su día fue calificado por el Coronel Jefe de la Guardia Civil de Navarra como “delitos de odio”, por lo que la sentencia de la Audiencia Nacional sería según fuentes judiciales “un auténtico dislate jurídico”,lo que provocó una inmediata reacción de repulsa popular e institucional.
Descartado finalmente el “delito de terrorismo” solicitado en primera instancia por el Fiscal José Perals, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional resuelve mantener la condena fijada por la Sección Primera de dicho Tribunal a los 7 jóvenes de Alsasua ( penas que oscilaban de los 2 a los 13 años de prisión) tras serles aplicado el agravante de “discriminación ideológica”, lo que según fuentes jurídicas “podría indicar el camino a seguir en casos de ataques a juristas o políticos en Cataluña”.
La sentencia final del Supremo contra los chavales de Altsasu sería la radiografía de la “perfección negativa” del Estado Español, término empleado por el novelista Martín Amis para designar “la obscena justificación del uso de la crueldad extrema, masiva y premeditada por un supuesto Estado ideal”.Así, el Tribunal Supremo tras descartar la discriminación ideológica y obviar el principio “In dubio pro reo” , rebajó las condenas a penas que oscilan entre 1 y 9 años, lo que en la práctica significa la instauración legal de la llamada Doctrina Azar, consistente en ”criminalizar a grupos y entidades díscolos y refractarios al mensaje del establishment dominante del Estado español”.
En consecuencia, el caso Altsasu seguirá su recorrido mediante el recurso al Tribunal Constitucional y terminará indefectiblemente en el Tribunal Europeo de Estrasburgo quien volverá a dar un tirón de orejas a la Justicia española pero que no impedirá que para entonces los chavales de Altsasu se hayan dejado en prisión sueños y jirones de libertad, pues según Oscar Wilde “para el que está en la cárcel, las lágrimas son parte de la experiencia de cada día. Un día en la cárcel en el que no se llore es un día en que el corazón está duro, no un día en que el corazón esté alegre".
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