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El inexistente “derecho al aborto”

¿Qué diferencia encuentra la izquierda entre abortar libremente como piden algunos y acabar con la vida del bebé si este nace a los 8 meses de manera prematura?
Juan José Sánchez Soto
miércoles, 15 de enero de 2014, 07:38 h (CET)
Con la ley del aborto aprobada por el ejecutivo de Zapatero y que generó un gran debate social sobre todo en el tema de permitir la venta de la pastilla del día después a menores de edad, y con la nueva reforma que propone el PP y que aún está encima de la mesa, se han creado diferentes posturas tanto dentro como fuera del PP y partidarios y detractores de esta reforma. En estas últimas semanas la izquierda ha manipulado conceptos de los cuales la ley estipula y lo peor de todo es que esos argumentos faltos de verdad han calado en una parte de la sociedad desinformada, sin ningún tipo de conocimiento jurídico y con toda la inocencia habida y por haber para creerse lo que sus ideologías digan. Por otro lado no me olvidaré de hacer alguna crítica a la ley del aborto del Partido Popular y de recordar ciertas incongruencias que podrían evitarse si de verdad quieren que la reforma salga adelante.

En primer lugar hay que recordar algo que parece que gran parte de la izquierda tiene asumida, pero que a nivel jurídico produce cierto bochorno e incluso risa escuchar: el derecho al aborto no existe ni está contemplado en ningún sitio. Es más, los tribunales europeos ya han rechazado esta cuestión y se han desvinculado del tema dejando al libre albedrío de los países su legislación sobre este asunto. Por tanto, manifestaciones de carácter público como las de las Femen no tienen ningún sentido y no se entiende que alguien pida el aborto de manera totalmente libre sin ningún tipo de control ni legislación que lo regule.

Otra de las manipulaciones que se vierten en distintos medios de comunicación es que la mujer puede entrar en la cárcel por abortar, cuando precisamente esta ley del Gobierno despenaliza por primera vez el aborto que se contemplaba como delito en el Código Penal. Ninguna mujer pues entrará en la cárcel por ello. La violación es uno de los tres supuestos que tampoco se modifica un ápice, pese a que también se haya oído durante las últimas semanas que se permitirán las violaciones en España y que se obligará a las mujeres violadas a tener a sus hijos… Barbaridades por doquier que obviamente se alejan de la realidad por completo puesto que el supuesto de la violación no se ha modificado: toda mujer podrá abortar por violación antes de las 12 semanas y presentando la correspondiente denuncia, algo que se encuentra dentro del sentido común y de la lógica de cualquier persona.

Planteada la realidad que presenta esta reforma del Gobierno en cuanto al aborto, paso a analizar los puntos positivos y negativos. Por un lado veo positivo que nuevamente se requiera el consentimiento de los padres o tutores legales para aquellas menores de 18 años y mayores de 16 que quieran adquirir la pastilla abortiva del día después. No puede haber en España una ley contradictoria en principios que permita el consumo de estas pastillas a menores y en cambio prohíba la venta de ciertos productos o la asistencia a ciertos lugares por otro lado. Pero entrando en la verdadera polémica de la reforma, la supresión del supuesto de malformación del feto, esto puede ser negativo o positivo según los casos que se analice. Para que se me entienda pondré dos ejemplos que permitirán al lector entender que esta ley no es del todo negativa sino que también tiene su parte positiva. El primero de los ejemplos es aquella familia que quiere tener un hijo pese a tener pocos recursos económicos, y durante el embarazo le comunican a la familia que su hijo tendrá una malformación de un nivel elevado lo que le conllevará un gasto económico mayor por los cuidados, asistencias, medicamentos… que si el hijo no tuviera tal malformación. Para estos casos ya existía y aún existe la llamada Ley de Dependencia, el problema es que esta ley cada vez está dotada de menos prestaciones económicas y en mi opinión no se puede quitar las ayudas por un lado y obligar a tener un hijo con un nivel de malformaciones tan altas. Por otro lado, encuentro positivo que no se permita abortar a aquellas familias que por puro capricho no les gusta que su hijo nazca con síndrome de Down, una malformación que en muchos casos en de carácter inferior y cuyo gasto económico sería exactamente el mismo que si el hijo no hubiese nacido con esta malformación. En este tipo de casos, donde prima el gusto personal de cada uno como si tener un niño se tratara de elegir una carta de uno de los restaurantes más privilegiados, se debe proteger el derecho a ese niño que no tendrá personalidad jurídica hasta que nazca, pero que de tener un parto prematuro y con un tiempo de embarazo considerable, tiene altas posibilidades de sobrevivir naciendo antes de los 9 meses. Ergo, ¿qué diferencia encuentra la izquierda entre abortar libremente como piden algunos y acabar con la vida del bebé si este nace a los 8 meses de manera prematura?. r>

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