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​El derecho premial de Cantabria

Estos honores se conceden por los méritos de los titulares, aunque también se pueden otorgar por motivos de cortesía o reciprocidad
María del Carmen Portugal Bueno
martes, 3 de agosto de 2021, 09:31 h (CET)

Cantabria, al igual que el resto de las comunidades y ciudades autónomas, tiene aprobado sus títulos y condecoraciones honoríficas propias. Este conjunto de distinciones al mérito conforma el derecho premial cántabro.


Tras la aprobación de la Constitución española de 1978 y el Estatuto de Autonomía de Cantabria en 1981, en el año 1987 el Gobierno montañés regula los honores y las distinciones de la comunidad.

La Ley de Cantabria 2/1987 aprueba las siguientes distinciones: Hijo Predilecto y Adoptivo, Medalla de Oro y Plata, Corbata de Honor y el Diploma de servicios distinguidos a la comunidad autónoma. También se contempla como distinción la declaración de luto oficial.


La adopción y aprobación de este conjunto de honores responde a la convicción del Gobierno autonómico de que «es consustancial a todo Estado social y democrático de Derecho el régimen de los excepcionales méritos y de los relevantes servicios prestados mediante la concesión de condecoraciones, honores y distinciones a las personas e instituciones acreedoras de los mismos, como manifestaciones típicas de la actividad de fomento, tradicional e inherente a toda la Administración Pública y que alcanza su finalidad subyacente en estimular y propiciar una gestión más eficaz en beneficio de su propia colectividad».


Estos honores se conceden por los méritos de los titulares, aunque también se pueden otorgar por motivos de cortesía o reciprocidad.


En referencia al acto de entrega de las distinciones, esta ceremonia solemne se celebrará preferentemente en el Día de Cantabria. Por lo tanto, el segundo domingo de agosto. Por su parte, la Asamblea de Cantabria también concede su propia medalla gracias al acuerdo del Pleno de la Asamblea Regional. Concretamente, se trata de la Medalla de Reconocimiento y su objetivo es premiar a personas físicas, jurídicas, instituciones o colectivos que se hayan distinguido por su servicio a la comunidad autónoma o que destaquen por sus méritos en el ámbito cultural, científico y socio-económico o en beneficio de la sociedad.

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