Los tres últimos años están batiendo todos los récords en el mundo de las herencias. Los datos que arroja el Consejo General de Economistas y el EY este mes de junio han colocado a España a la cabeza del ranking de países con mayores impuestos sobre herencias a nivel mundial, donde se llega a pagar hasta un 80% . A España le sigue de cerca Bélgica (con un 80%), Francia (con un 60%) y Dinamarca (con el 52%).
La presión fiscal no es la única cifra que ha batido récords este año en herencia de nuestro país. El rechazo de herencias también ha hecho historia de hasta 55.000 herencias en todo el territorio español en el último año , según el Consejo General del Notariado (el porcentaje más alto registrado en los últimos 15 años) .
Las viviendas en venta heredadas también se han disparado. Grupo Hereda, despacho de abogados dedicado exclusivamente a la tramitación de herencias y su posterior venta, ha notado un incremento exponencial en la que los clientes que han recibido una herencia y no han querido renunciar a ella han visto la venta de los derechos hereditarios y de las viviendas como la mayor vía de escape a perderla por completo.
Y es que el gran número de fallecidos, junto con el parón mundial que se vivió en todas las instituciones, han supuesto que otra de las grandes demandas que se han producido han sido la tramitación de herencias, consulta sobre testamentos, etc.
¿Y por qué cuesta tanto heredar? ¿Se paga igual en todas las Comunidades Autónomas? El impuesto de sucesiones es progresivo. Dependiendo de la Comunidad Autónoma donde residía el fallecido (causante) el porcentaje de gravamen será diferente, así como las bonificaciones que concede cada Comunidad Autónoma. Se trata de un impuesto progresivo que dependerá en primer lugar de la masa patrimonial, incrementará el impuesto cuanto más se hereda.
Por otra parte también dependerá de la relación con el fallecido: Si el heredero es descendiente directo en la línea de sucesión (grupo I) se multiplica el coeficiente por 1; el grupo II descendientes y adoptados de más de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes, que lo multiplica por entre 1,5 y 1,9; grupo III que incluyen a hermanos, sobrinos, tíos y ascendientes o descendientes por afinidad y grupo IV, (primos o grados más distantes y extraños) se aplicará un coeficiente del 2 al 2,4 donde aumenta este precio por heredar en algunos casos hasta casi el 80%.
Además del Impuesto de Sucesiones, existen otros gastos asociados a una herencia cuando no se trata de una herencia “líquida” como son las plusvalías municipales, y los gastos de mantenimiento, sin contar con los costes judiciales en el caso de que haya conflicto con otros herederos.
Se trata de un auge de herencias y de una presión fiscal muy alta en un momento de alta inflación (que actualmente se ha desbocado hasta el 10,2%, la tasa más alta en 37 años) para los españoles.
Grupo Hereda , como abogados expertos en herencias, recomiendan a los herederos que antes de la renuncia a la herencia y perder todo lo que les corresponde legítimamente, recurran a alternativas como la venta de los derechos hereditarios o aceptar la herencia a beneficio de inventario, de modo que heredar no suponga una carga, sino una ganancia para el heredero, que es lo que debería ser.
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