Correos ha admitido más de 2,6 millones de solicitudes de voto por correo de cara a las elecciones generales que se celebrarán el próximo 23 de julio. En concreto, la compañía postal ha recibido 2.622.808 solicitudes de voto por correo, de las cuales 1.924.976 se han presentado de forma presencial en la red de oficinas postales y 697.832 de forma telemática a través de la web de Correos.
Estas cifras ya suponen un 94,71% más respecto al número total de solicitudes admitidas en las elecciones generales del 28 de abril de 2019 (1.346.995) y un 80,45% más que las registradas en el proceso homólogo celebrado el 26 de junio de 2016 (1.453.446) que, hasta ahora, marcaba el récord histórico en el número de solicitudes de voto por correo gestionadas en los procesos electorales de la democracia española.
La información desagregada por regiones solo contiene datos de las solicitudes presentadas en las oficinas de Correos, por lo que la distribución territorial del voto por correo solo se puede analizar sobre los más de 1,9 millones de peticiones realizadas físicamente. De ellas, casi el 25% corresponden a la Comunidad de Madrid, donde 454.877 ciudadanos votarán por correo.
Por detrás se situaron Andalucía (233.494 solicitudes), Cataluña (224.207), País Vasco (197.048), Castilla y León (136.702), Comunidad Valenciana (122.064) y Galicia (108.541). Por debajo de los 100.000 votos por correo solicitados se encuentran Castilla-La Mancha (84.226), Aragón (75.973), Canarias (55.359), Asturias (46.813), Extremadura (43.578), Navarra (39.053) y Murcia (35.429).
Las regiones en las que menos se ha solicitado el voto por correo son Baleares (26.363), Cantabria (19.341) y La Rioja (15.001). En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se superaron los 3.000 peticiones.
ENTREGA DOCUMENTACIÓN
En estos momentos, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral siguen comprobando la inscripción de los solicitantes en el censo electoral para después remitirles los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por los electores, "con carácter certificado y urgente". El censo tiene de plazo hasta el día 16 de julio para hacer entrega a Correos de esos envíos.
El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a su oficina en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano. El personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, pasaporte o permiso de conducir y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la firma de la entrega por parte del solicitante.
A lo largo del día de hoy, el dato de documentaciones electorales que Correos habrá puesto a disposición de los electores llegará a 1.885.223 documentaciones electorales para que puedan ejercer su derecho al voto para las elecciones generales del 23 de julio. Este ratio de entrega es "comparativamente superior" al de otros procesos elecotrales, entre ellos, el de las elecciones autonómicas y municipales del pasado 28 de mayo, según Correos.
FECHA LÍMITE: 20 DE JULIO
Cabe recordar que el solicitante tiene de plazo para depositar su voto por correo hasta el próximo jueves 20 de julio. Para ello, tendrá que acercarse a cualquier oficina de Correos en su horario de apertura.
En este proceso electoral, la Junta Electoral Central ha acordado la exigencia de la entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del DDNI, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificarle.
Asimismo, las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.
Por último, "dada la celebración de días festivos en diferentes localidades de España, la coincidencia con el periodo estival y el aumento histórico registrado en el número de solicitudes de voto por correo", la compañía postal recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo "que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales para depositar su voto cuanto antes".
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