El pasado domingo, una mujer de 32 años murió tras caerse de la moto acuática en las playas de Málaga. Se trata de un accidente en el uso de estas embarcaciones que, desde nuestro punto de vista, deberían tener una regulación exhaustiva para que haya un uso ordenado.
El uso de motos acuáticas ha experimentado en los últimos años un importante auge que requiere que se tengan que tomar medidas para garantizar la seguridad de los bañistas y de los propios usuarios de estas embarcaciones.
Así, desde ASESCON señala que, aparte que las empresas que se dediquen al alquiler de motos náuticas por horas o fracción deberán estar en posesión de los preceptivos permisos de las Administraciones competentes y presentar una declaración responsable ante la Capitanía Marítima, se debería asimilar la titulación exigida al usuario de alquiler que al de uso particular. Es decir, que el usuario esté en posesión de títulos náuticos-deportivos de Patrón para la navegación básica, Patrón de embarcaciones de recreo, Patrón de yate o Capitán de yate.
Actualmente, para gobernar motos náuticas en la modalidad de alquiler por horas o fracción, en circuito o en excursiones colectivas, no es preciso que los usuarios tengan titulación alguna y esta es una buena fuente de los accidentes que se producen por negligencia.
Además, desde ASESCON pedimos que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realicen controles del cumplimiento de la normativa tanto por parte de los usuarios como por parte de las empresas dedicadas a esta actividad.
Desde hace tiempo en la Asociación Española de Consumidores alertábamos de que este tipo de situaciones se podían producir y son constantes los avisos de bañistas de incumplimientos de las normas para la utilización de este tipo de embarcaciones en el litoral.
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