El sistema público de pensiones está en constante evolución, desde la reforma que comenzó a abordarse en 2013, y este 2024 no iba a ser menos. La edad de los españoles y las españolas que se quieran jubilar este año con el 100% de la pensión aumenta hasta los 66 años y 6 meses para aquellos y aquellas que hayan cotizado menos de 38 años. No obstante, continuará en los 65 años para los que hayan superado esa barrera.
Y la edad de jubilación proseguirá en aumento hasta alcanzar los 67 años a partir de 2027, o 65 para los que hayan cotizado más de 38 años y medio. Aún así, existe la posibilidad de la jubilación anticipada en el caso de algunas profesiones.
La jubilación anticipada forzosa permite dejar de trabajar cuatro años antes de la edad de retiro, fijada este año en 61 sí se ha cotizado 38 años o más y los 62 años y seis meses para los que lo hayan hecho menos tiempo. Mientras que la jubilación anticipada voluntaria posibilita que sea dos años antes, desde los 63 para los cotizantes de más de 38 años y 64 años y seis meses para el resto. Pero en ambas situaciones, se aplican coeficientes reductores en la base reguladora que determina la cuantía de la pensión, aunque este año esta previsto que sean superiores en los salarios más elevados, a diferencia de años anteriores.
Jubilación parcial o retraso Por lo que respecta a la jubilación parcial, existe la que está ligada a un contrato de relevo; es decir, el beneficiario tendrá un contrato a tiempo parcial y cobrará el 100% del salario, siendo sustituido por otra persona que cubrirá la jornada laboral que deja de trabajar. En 2024 se establece la posibilidad de acogerse a esta modalidad a partir de los 62 años y 6 meses, con 36 años cotizados o los 64, con al menos 33 años.
Por el contrario, si voluntariamente se retrasa el acceso a la jubilación una vez cumplida la edad, el trabajador o trabajadora tiene la posibilidad de recibir una bonificación que aumenta el porcentaje de su pensión en un 4%, si se demora el retiro dos años o más.
Lo que no se ha modificado es el tiempo mínimo para acceder a una pensión contributiva que está establecido en los 15 años de cotización, con la condición de que 2 de ellos deban estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación. Pero si no se cumplen ambos criterios se tiene la posibilidad de solicitar una pensión no contributiva, con un importe anual de 7.250,60 euros. Sin embargo, la cuantía máxima de la paga por jubilación asciende a 3.175,04 euros mensuales, es decir 44.450.06 euros anuales.
Cotizaciones
Pero una importante novedad, en vigencia desde el pasado mes de octubre de 2023, es la variación en el cómputo de los días cotizados. Actualmente, cada día trabajado se cuenta como día completo, con independencia de la jornada o del número de horas de contrato, descartando el coeficiente de proporcionalidad, que perjudicaba ostensiblemente a los contratos con jornadas parciales.
Para el cálculo de la pensión se continúa teniendo en cuenta los últimos 25 años de la carrera laboral, lo que conforma la media de la base reguladora. Y a partir de 2027, en coexistencia con la actual norma, se desplegará progresivamente la opción de elegir los periodos de tiempo más beneficiosos en cuanto a cotización, concluyendo el proceso definitivamente en 2038 en el que podrán elegirse los mejores 27 años de los últimos 29; régimen que pasará a ser ya único a partir del año 2044.
Mientras tanto, para cobrar el 100% de la base reguladora en 2024 son necesarios 36 años y 6 meses de cotización, pasando a 37 años a partir de 2027.
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