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Europa avisa a España que las indemnizaciones por despido deben aumentar

El Gobierno podría volver a incrementarlas de 33 a 45 días por año trabajado cuando sea improcedente, tras la decisión tomada por el Comité Europeo de Derechos Sociales
Javier Yubero Morato
martes, 16 de abril de 2024, 10:16 h (CET)

Actualmente, cuando despiden a una persona trabajadora de manera improcedente, ya sea porque se carece de una justificación legal o porque no se ajusta a la legislación vigente, ésta recibe una compensación económica que se establece en 33 días de salario por año trabajado con prorrateo mensual para periodos inferiores a un año y hasta un límite de 24 mensualidades.


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Pero los sindicatos han considerado que esta indemnización es muy baja y propicia que las empresas despidan sin que les suponga apenas coste. La Unión General de Trabajadores (UGT) presentó en marzo del año 2022 una demanda ante el Comité Europeo de Derechos Sociales en la que denunciaba a España por ir en contra del derecho comunitario con una indemnización por despido improcedente excesivamente barato.


La resolución del organismo comunitario se ha pronunciado a finales de este pasado mes de marzo instando al gobierno a que modifique y aumente la indemnización por despido. Una modificación que pasa por la recuperación de los salarios de tramitación (es decir, los que podría percibir el trabajador hasta que la justicia decidiese la impugnación del despido) y la elección de la persona trabajadora para que pueda seleccionar si prefiere la readmisión  o la percepción de la indemnización, lo que supondrá un encarecimiento del despido.


Disposiciones a aplicar


Corte martillo libros juicio concepto ley 144627 30452 (3)


Abordando las diversas reformas que pudiese acometer el gobierno de España para dar cumplimiento a la sentencia, éstas podrían resumirse en la aplicación de una o varias de las siguientes disposiciones: conceder indemnizaciones superiores al tope legal de 33 días por año trabajado y establecer una compensación mínima de al menos seis meses que pueda desagraviar las relaciones laborales cortas, modificar el redactado del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores estableciendo que el trabajador sea el que tenga la posibilidad de elegir entre su readmisión o el pago de la indemnización, fijar un suelo en éstas que evite despidos baratos y retornar a los 45 días por año trabajado  con un límite de 42 mensualidades que se llevó por delante la reforma laboral de febrero de 2012, cuando rebajó estos conceptos y supuso un punto de inflexión a la hora de hacer estos cálculos.


España es el país perteneciente a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que ha reducido en mayor medida la protección frente al despido arbitrario. Dicho esto, numerosos catedráticos de derecho laboral y juristas expertos en la materia afirman que despedir en España no es nada caro,  encontrándose a mucha distancia de lo que pretende la Carta Social Europea, que apuesta por la protección del trabajador y  por disuadir a las empresas a la hora de despedir.


La protección a las personas trabajadoras, tras el pronunciamiento de Europa, pasa entre otras muchas cosas por tener en cuenta las circunstancias personales y familiares del despedido o despedida, la edad, el sexo y el grado de formación y establecer el llamado “despido reparativo”, para que no se indemnize solo en función de la antigüedad. Y, en definitiva, acabar con los despidos con indemnizaciones inferiores, aproximadamente en un 40%, a las que se percibían antes de la reforma laboral del gobierno Rajoy en el año 2012. 

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