Si el Ministerio de Trabajo aplica las sanciones que pretende establecer a las empresas que no cumplan con la reducción de la jornada a 38,5 horas semanales (37,5 horas, a partir del 1 de enero de 2025), éstas deberán pensarse mucho su incumplimiento. El borrador del anteproyecto de ley que fue entregado la semana pasada a empresarios y agentes sociales planea endurecer las multas.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social plantea incrementar la sanciones a una cuantía máxima de 10.000 euros por cada trabajador a las empresas que no implanten el registro horario y no apliquen la reducción laboral progresiva (y no por empresa como se hace ahora en este tipo de sanciones), aumentándose las mismas desde los 751 euros a 7.500 euros, según la gravedad, hasta los 1.000 euros a 10.000 euros.
Registro de jornada
De igual manera, se pretende que el registro de jornada sea accesible para todos los trabajadores, los representantes sindicales y los inspectores de trabajo. Y las empresas tendrán que guardar los datos del registro durante un periodo máximo de 4 años.
Además, este registro deberá ser digital y transparente, permitiendo identificar sin dificultades a los trabajadores. Asimismo, a la Inspección de Trabajo se le facilitará el acceso remoto a dichos datos. Un novedoso sistema que contará con un plazo de seis meses para que las empresas lo implanten. El tiempo que figure en el registro entre el inicio y la finalización de la jornada será el estimado como tiempo efectivo de trabajo y todo el que se exceda tendrá la consideración de horas extraordinarias o complementarias, según proceda.
Con respecto a los contratos parciales, los que actualmente sean iguales a 38,5 horas en 2024 y 37,5 en 2025 horas se transformarán de forma automática en contratos a tiempo completo. De igual manera aquellos trabajadores que prosigan con contratos parciales verán incrementado proporcionalmente sus salarios.
Cómputo anual
La titular del Ministerio de Trabajo, Yolanda Díaz, ha afirmado que la implementación de la reducción de jornada será progresiva, pasando a ser de 38,5 horas hasta el 31 de diciembre de 2024 y a 37,5 horas desde el 1 de enero de 2025. Y su intención es que el anteproyecto de ley se apruebe y comience a aplicarse antes del comienzo del periodo vacacional como así exigen los sindicatos, a pesar de la complejidad en las negociaciones entre ministerio, patronal y agentes sociales.
La reducción del horario se calculará en cómputo anual en lugar de semanal, lo que supone que se deberá establecerse una jornada máxima anual y como la reducción no se aplicará semanalmente tendrán que aumentarse los días de vacaciones o asuntos propios para ajustarse al tope anual.
Los empresarios continúan obstinados en señalar que la reducción horaria afectará a la productividad y aumentará los costes; mientras que los sindicatos indican que posibilitará el aumento del rendimiento y la satisfacción personal de los trabajadores.
Se ha hablado largo y tendido sobre las ventajas o desventajas, según se mire, que podría suponer una reducción de la jornada laboral pero expertos en la materia señalan que propiciará un aumento de la productividad al tener más tiempo de descanso, descenderá el absentismo, fundamentalmente porque al trabajar menos se enferma menos y contribuirá a una mejor conciliación de la vida laboral y familiar, dedicando más tiempo a la familia; así como al descenso del estrés y el cansancio, inherentes a jornadas de trabajo largas y al descanso insuficiente.
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