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Interior concede el tercer grado a Uribetxeberria por la gravedad de su enfermedad

Se le obliga a alejarse de las víctimas de sus delitos o de sus familiares directos
Redacción
sábado, 18 de agosto de 2012, 08:40 h (CET)
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha decidido conceder el tercer grado penitenciario al preso de ETA Josu Uribetxeberria por la gravedad de su enfermedad.

Instituciones Penitenciarias entiende que, "a pesar de la entidad de los delitos cometidos por el penado, resulta indudable que tanto la gravedad de la enfermedad, su previsible evolución, así como las características del tratamiento mitigan extraordinariamente la peligrosidad del recluso y anulan prácticamente el riesgo de reincidencia".

La decisión se ha tomado a la vista de la propuesta elevada por la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa (Álava).

Se considera acreditado que el preso "padece una enfermedad muy grave, irreversible e incurable" en los términos previstos en el Reglamento Penitenciario.

"Por las razones humanitarias" a las que se refiere el artículo 104 de ese Reglamento, en relación con el Código Penal y en consonancia con las apreciaciones recogidas por sentencia del Tribunal Constitucional, Instituciones Penitenciaras aprueba la petición de la prisión.

Se clasifica por tanto al preso en tercer grado "a los exclusivos efectos de que se confeccione el expediente de libertad condicional por enfermedad".

Instituciones Penitenciarias insta a la prisión de Zaballa a elevar el próximo lunes su expediente sobre la libertad condicional del recluso al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.

Asimismo, se insta a la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa a que incorpore a dicho expediente, además de las que considere oportunas, una serie de "reglas de conducta", entre ellas el alejamiento de las víctimas de sus delitos o de sus familiares directos.

También prohibición de participar "de forma activa o pasiva en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia, especialmente de la banda terrorista de ETA y/o hacer declaraciones de esta naturaleza, así como las que conlleven desprecio o desconsideración de las víctimas del terrorismo".

Se le prohíbe asimismo ausentarse, sin previa autorización de la administración penitenciaria, de la localidad en la que fije su residencia.

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