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La Generalitat ejerce la acción popular en el asesinato machista de una menor en Orihuela (Alicante) en noviembre

Agencias
martes, 4 de marzo de 2025, 12:32 h (CET)

La Generalitat ejerce la acción popular en el asesinato machista de una menor en Orihuela (Alicante) en noviembre

El pleno del Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat a ejercitar la acción popular en el caso relacionado con el asesinato en Orihuela (Alicante) de una menor de 15 años víctima de violencia machista que tuvo lugar el pasado noviembre.

El suceso tuvo lugar el domingo 24 de noviembre por la noche en Orihuela Costa. La adolescente fue trasladada con heridas de arma blanca al Hospital de Torrevieja, donde falleció. La Guardia Civil arrestó a la expareja de la joven, también menor de edad. La menor asesinada no constaba en el Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género (VioGén) ni había interpuesto ninguna denuncia previa contra él.

Según ha anunciado la vicepresidenta portavoz y consellera de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero, constituye un caso de violencia machista, un problema de ámbito social público de interés general que obliga a los poderes públicos a actuar de manera activa con el objetivo de lograr su plena erradicación.

El artículo 36 de la Ley 9/2003 de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece que la Conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell el ejercicio de la acción popular, a través de la Abogacía General de la Generalitat, o de abogados colegiados, en estos supuestos de agresiones físicas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana.

La Ley Integral 7/2012 contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat establece en su artículo 58 que la Generalitat ejercerá la acción popular en todos los procedimientos penales que se sigan por delitos de violencia sobre la mujer con resultado de muerte, así como en los casos en los que se genere alarma social o se causen lesiones graves e invalidantes. En su caso, la Generalitat solicitará siempre la privación de la patria potestad del presunto agresor.

Además, la Ley 10/2005, de Asistencia Jurídica de la Generalitat, dispone que corresponde a los abogados de la Generalitat, integrados en la Abogacía General, la representación y defensa en juicio.

"El objetivo de la actuación institucional de la Conselleria de Servicios Sociales en caso de asesinatos de mujeres es aunar esfuerzos y visibilizar de forma conjunta el rechazo a los actos de violencia sobre la mujer, en aquellos casos en que se produzca la muerte de una mujer o de sus hijos o hijas en la Comunitat Valenciana", apuntan desde la Generalitat.

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