No considero irrelevante reflexionar acerca de la dicotomía en la función que oficialmente se dan a los CIEs en nuestras fronteras estatales, y la realidad en la práctica del día a día, que conocemos a partir del análisis de diferentes perfiles de las personas detenidas, así como la variedad de situaciones personales sancionadas a través de las órdenes de expulsión e internamiento.
En España podemos diferenciar entre los CETIs y los CIEs. Los CETIs, son centros habilitados de estancia temporal, mientras los funcionarios estudian sus expedientes y se les traslade a la península, para llegar a esta la única manera de llegar es pasando por un CETI, mediante las listas que tienen estos de traslado, dependen directamente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y en ellos trabajan diferentes organizaciones como CEAR, Accem, Cruz Roja, dotándoles de asesoramiento jurídico , clases de castellano, y diversos trámites relacionados con los servicios sociales. Los CIEs, Centros de Internamiento para Extranjeros los cuales los dirige la dirección general de policíaoficialmente, centros ideados para asistir a inmigrantes que entran en territorio nacional cuyos expedientes de estancia en el país,aún están en estudio, viviendo gente con todos sus documentos, los informes de vida laborales, los certificados de empadronamiento, papeles bien ordenados para testimoniar su continuidad en España.
Los CIEs están ubicados en Madrid (Aluche), Barcelona (Zona Franca), Murcia (Sangonera), Valencia (Zapadores), Algeciras (La Piñera), Tenerife (Hoya Fría) y Las Palmas de Gran Canaria (Barranco Seco).
Recientemente un informe elaborado por las Clínicas Jurídicas de ICADE (Universidad Pontificia Comillas), Per la Justicia Social (Universidad de Valencia), Dret al Dret (Universidad de Barcelona) y el Observatorio de Derechos Humanos (Universidad de Valladolid) para la Organización No Gubernamental 'Pueblos Unidos-Servicio Jesuita a Migrantes' ponían el foco en estos centros, mediante varios estudios de campo la cual manifestaban la realidad de estos centros y nos pone a reflexión una realidad muy desconocida para gran parte de la ciudadanía que no está en el día a día en esta realidad.
También la investigadora Sabina Barona, estudia desde el 2011, como parte del programa de acompañamiento e incidencia política de la ONG pueblos unidos, el centro de internamiento de Aluche Madrid, donde mediante un estudio de campo muy bien estructurado, expone la función que oficialmente se le dan a los CIEs y la que en realidad desempeñan en la prácticay con la Policía para cuestionar la construcción del migrante regular en la agenda política.
Tras experiencias de primera mano de la función que oficialmente se le da a los CIEs y las que se desempeñan en la práctica a partir de las vivencias de diferentes perfiles de las personas allí ingresadasdonde se producen cacheos de habitaciones, salas de aislamiento, uso de esposas, restricciones de comunicación con el exterior semanifiesta una escisión entre el planteamiento universalista de los DDHH y una aplicación restrictiva de los mismos como la educación o la atención sanitaria, y en las que son comunes las «redadas étnicas»o los vuelos «ad hoc».
La reflexión de los CIEs nos lleva a la diana en la doble frontera, la frontera física, y la frontera de control social de una manera poliforma dentro de las propias fronteras. Una constante amenaza de expulsión de personas extranjeras sin documentos de residencia validos o en estado vigente. Todo esto hace que los CIEs se conviertan en agujeros que absorben las distintas expulsiones del país sin suficiente distinción,detenidas, así como la variedad de situaciones personales sancionadas a través de las órdenes de expulsión e internamiento.
Es objetivo el hecho del control social que se ejerce a través de los CIEsque puede considerarse que se excede la mera función de control de los flujos migratoriosasícomoel carácter polimorfo de la frontera porque ya no es un límite territorial externo, sino una prohibición de residencia que se implementa a través de numerosas restricciones, en el que la desorientación, la degradación del internamiento, el sentimiento de culpabilidad argumentando y justificando que no merece esa condena,terminando por ser un proceso de categorización social de condena para los extranjeros.
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