Al revisar las razones que pudo haber tenido el poeta Rubén Darío cuando decidió regresar a su tierra natal Nicaragua, después de estar ausente por 14 años y 7 meses (abril 1893/nov 1907), resaltan dos asuntos a lograr: la de ser nombrado Ministro en Madrid, España, y La de lograr divorciarse con Rosario Murillo, para así formalizar su amor con la española Francisca (Paca) Sánchez. Ninguna de las dos cosas logró. A regañadientes el dictador Zelaya le nombró Ministro Residente, y lo del divorcio, le traicionó su inocencia y lo incauto en ese tipo de gestiones legales.
Rubén era tímido y le tenía horror a la conducta de su consorte Rosario; misma, que cuando le siguió a Paris le había embargado su salario deCónsul en Paris, en complicidad del Ministro Crisanto Medina quien era de hecho su enemigo. Pero además Darío se sentía acosado ante la continua persecución y amenaza de hacerle un escándalo público (horror al que mucho le temía), por lo que en ese periodo hizo alterarle y andar con los nervios de punta. El abrumamiento fue de tal manera, que fácil le hizo caer en la extorsión al darle una monta de dinero, razón que al final fue el motivo que impidió poder divorciarse.
Hace un tiempo en Nicaragua, ante una denuncia, acusación-pública en las redes sociales, por una jovencita universitaria, que reactivó poner de moda ese supuesto delito del Piropo/Acoso. El hecho fue haber recibido un “adiós”, de parte de un humilde trabajador que supuso un agravio a su personalidad como joven estudiante universitaria., que desentonaba y le perturbaba su condición “superior de clase” (como estudiante universitaria).
Lo anterior, dio motivo yo tuviera, una conversación con un excelente joven alumno universitario, que recién días acababa de graduarse con honores, que al ser sensible e sentirse inquieto ante el grave fenómeno,que increscendo en violaciones a las mujeres, aunado a viles y atroces feminicidios marcaban una tendencia, me dio por ahondar para mejor apreciación sobre ello. ¿Fue ese “adiós”, un acoso?
En el hipotético caso, que el famoso “adiós” pudiese haber tenido otro sentido, una expresión de respeto ¿cabe eso como un delito? Podrá haber una falta, pero delito, no lo creo. Veamos. La Real Academia Española, define que el acoso es: “La práctica ejercida en las relaciones personales, cuyo trato es vejatorio y descalificador a una persona con el fin de desestabilizarlo psíquicamente”. Adicional a lo anterior, es necesario tener presente, que generalmente, el acoso tiene por objeto obtener favores sexuales, principalmente cuando quien lo realiza abusa de su posición de superioridad sobre quien lo sufre. Asunto del Celador que no lo fue.
El acoso, conlleva como característica fundamental, las acciones reiterativas o sea el repetir las acciones con dolo, que encaja o termina en un hostigamiento ofensivo o sea en un molestar insistente. El acoso se caracteriza no solo por el supuesto morbo en un saludo o piropo, sino por la reiteración.
Considerando integralmente las conceptualizaciones anteriores, nuestro parecer, en relación al asunto acaecido, la jovencita no solo se excedió, sino que se equivocó, al magnificar la supuesta falta, y utilizar un medio de comunicación como son las redes sociales, para dar a conocer su incomodidad, en donde una sola palabra, como el famoso “adiós”, le perturbaba supuestamente su personalidad; su buena educación, su “clase”, su nivel de educación en comparación al humilde celador responsable del “adiós”, no cabía tener la magnitud ni ser el medio de comunicación donde dilucidarlo.
Por el lado o en el caso de Darío, las acciones reiterativas de su consorte Rosario Murillo, el acoso y el hostigamiento que le llevaron a perturbarle y hasta perjudicarle, al ser continuo y pretender algo mas allá, al seguirle por varios lugares, si cabe tipificarle ser un acoso.
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