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El próximo 6 de diciembre se celebra el día de la Constitución. El real decreto que en 1983 instituye dicha fiesta persigue “solemnizar adecuadamente su aniversario”. ¿Algo que objetar? Nada, salvo apuntar que las conmemoraciones tienen una raíz histórica, y que “historia” etimológicamente significa investigación. Cuando festejamos estas cosas ¿hay una finalidad más allá de las pompas? Maquiavelo decía que “todo aquel que desea saber qué ocurrirá debe examinar qué ha ocurrido”.
Patrimonio Nacional abre a la visita pública todos sus palacios y monasterios el próximo festivo del 15 de agosto. De esta forma el público dispondrá de los cuatro días del puente para conocer los monumentos que gestiona la institución, presentes en cuatro comunidades autónomas: Madrid, Castilla y León, Extremadura y Baleares.
El 30 de noviembre de 1983 estableció oficialmente que el 6 de diciembre se declarase Día de la Constitución con el objetivo de celebrar el aniversario de la ratificación de la Carta Magna por el pueblo español. Este Real Decreto 2964/1983 establece que todas las instituciones del Estado, nacionales o territoriales, deben conmemorar «con la mayor solemnidad y con actos públicos el “Día de la Constitución” en la forma que establezcan sus órganos de gobierno y dirección».
Conforme a lo establecido en el acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede en el año 1979 sobre la determinación de las festividades religiosas como días festivos, el 15 de agosto, día de la Asunción de la Virgen, es considerado como tal por Real Decreto 2001/1983.
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